#1 Apple siempre pensando en sus usuarios. Ahora ya no tienes que memorizar tu password completamente, el asistente virtual de IOS te la recuerda (en la próxima versión quizás SIRI te la cante para que todos los que te rodean tambien puedan saber tu password). Mucho os gusta presumir de Android pero Apple es lider porque consigue simplificar y democratizar el uso de la tecnología. La experiencia de usuario la llaman...
#1 Quicktype es una nueva funcionalidad del teclado de Apple que te ofrece sugerencias en base a todo lo que has ido escribiendo, al parecer contraseñas incluidas. Vaya, lo que llevan haciendo los teclados de Android (con SwiftKey como ejemplo destacado) desde hace años.
¿La diferencia? Que SwiftKey, el Android Keyboard y otros similares ya tienen a sus espaldas mucho tiempo de testeo y funcionamiento y no caen en estos errores "de principiante". Los campos "contraseña" no se indexan y ya está, es sencillo. Otra diferencia es que en Android los teclados (incluido el stock) son apps independientes y una simple actualización vía Google Play puede corregir un error como éste. En iOS, un error en el teclado stock (o en cualquier otro elemento del sistema) requiere una actualización de iOS, con lo que eso conlleva.
Por otra parte, la cantidad de bugs que se le están encontrando a iOS 8 y la cagada del otro día con la actualización 8.0.1 sugiere que la fase de testeo no está siendo el punto fuerte de Apple últimamente.
#38#41 Hay quince días para presentar alegaciones ¿alguien duda de que en unos 16 días habrá sentencia de anulación y por unanimidad? En ese momento será ilegal a todos los efectos.
La velocidad y unanimidad que se están dando debería ser un serio aviso a quien quiera verlo de que, después del pamplineo político estándar que ha habido, ahora el Estado (que no el Gobierno, ojo) va en serio con todas sus consecuencias.
#97 Te digo lo que yo suelo hacer: Si voy a ir a la derecha, el exterior. Si voy de frente tomo el central o el interior si solo hay dos. Si voy a la izquierda, generalmetne el interior aunque también el central. Depende de circunstancias. Y si voy a hacer un cambio de sentido, directo al interior e ir saliendo según voy avanzando. Siempre indicando salida o cambio de carril, e intentando mantener una velocidad uniforme (sin acelerones ni frenadas) que permita a los demás calcular si ceder o pasar. A lo sumo, reducir un poco para poder cambiarme o salir. Pero si me tengo que comerme una vuelta extra (alguna vez ha pasado), tampoco tengo problema.
Otra cosa que la gente no hace es irse colocando antes. Te van por el carril de la derecha y cuando entran, se lanzan al carril interior a lo bestia. Y tú que venías por el carril de la izquierda para incorporarte, tienes que frenar para que el otro pase. Joder, si ves que vas a ir al carril interior porque quieres salir por la parte izquierda, vete colocándote antes.
Si es que al final yo creo que más que normas, es algo de sentido común y civismo.
#3 "Podría" "rumor"..contra "sufre". Hoy se ha oficializado, está en todos los medios. Esa es la diferencia. Pero vamos, que me la pela, no seré yo quien os quite la ilusión de negativizar
De regalo: www.youtube.com/watch?v=DGvO7T_aFtk
#23 Muy bien, y ese es el camino que seguirá, supongo (aunque con estos del PP nunca se sabe...). Lo de los tiempos pues no se, pero está claro que si la fecha es muy ajustada también tendrá sus procedimientos de urgencia. Lo que sea, desde luego no va a depender de nosotros.
#24 Proclama el derecho de Autodeterminación en caso de colonias y de pueblos oprimidos y sin derechos fundamentales. Por mucho que se quiera ninguno de esos casos se da en Cataluña.
- artículo 92.1 CE: "las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos"
- artículo 149.1.32 CE: "el Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias [...] autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum"
- artículo 2, LO 2/1980: "la autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum en cualquiera de sus modalidades, es competencia exclusiva del Estado"
Y lo que dijo el TC, Sentencia 31/2010: "(el artículo 122 del Estatuto de 2006) es perfectamente conforme con la Constitución, en el bien entendido de que en la expresión cualquier otro instrumento de consulta popular no se comprende el referéndum. Tal entendimiento parece implícito en el propio art. 122 EAC, que hace excepción expresa “de lo previsto en el artículo 149.1.32 de la Constitución”. Sin embargo, esa excepción no puede limitarse a la autorización estatal para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum, sino que ha de extenderse a la entera disciplina de esa institución, esto es, a su establecimiento y regulación"
#13 Eso también lo dijo Juancar en un famoso discurso de entrega del premio Cervantes, a nadie se le obligó nunca a hablar en castellano. Se ve que el bufón se aprendió bien la lección