La Corte Penal Internacional (CPI) ha dictado órdenes de arresto contra el primer ministro israelí Benjamin Netanyahu y el exministro de Defensa Yoav Gallant por presuntos crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos en la Franja de Gaza desde el 8 de octubre de 2023[3]. La CPI también emitió una orden de arresto contra Mohammed Deif, alto cargo de Hamas considerado jefe de su ala militar.
Estas órdenes de arresto se basan en acusaciones de:
- Uso del hambre como método de guerra
- Ataques y castigos colectivos contra la población civil de Gaza
- Desnutrición y sufrimiento profundo de la población palestina, incluyendo bebés, niños y mujeres
Es importante señalar que:
1. Israel no es miembro de la CPI, lo que dificulta la ejecución de estas órdenes.
2. Las órdenes podrían restringir los viajes internacionales de Netanyahu y Gallant a los 124 países miembros de la CPI.
3. Estados Unidos ha rechazado la petición del fiscal de la CPI, considerándola una medida vergonzosa.
Estas órdenes de arresto representan un paso significativo en el proceso de rendición de cuentas por los presuntos crímenes cometidos durante el conflicto, aunque su implementación práctica enfrenta desafíos considerables. Y ahora qué? Pues nada la matanza sigue igual y peor.
#62 Ya veremos que hay mucho por sacar de todo esto, hasta tienes rollo morboso que le va mucho a la gente de Mazón pegándose el lote mientras la gente se ahogaba.
#50 La chorrada que mejor mirado es compromiso con empresarios por parte de Mazón, es ponerse a cambiar bombillas en una plaza de toros por 1,2 millones, con la que tienes montada en Valencia. Como que no tienes familias que les hace falta ese dinero, un mínimo de humanidad.
#62 Lo de Exxon se sabe ese informe por casualidad, lo encontraron en 2015 en unas oficinas abandonadas de Exxon.
A Exxon les sirvió para montar una campaña en contra del cambio climático, comprando a investigadores. revistas, diciendo que no pasaba nada.
Los llevaron a juicio a Exxon y no les pasó nada no habían pruebas concluyentes, claro con tanto dinero.
No creo que esos científicos calcularán a partir de ahora los puntos de inflexión que ya estan colapsando y que serán el verdadero cambio climatico.
#56 En 2015, durante la Conferencia de las Partes (COP21) en París, se estimó que el aumento de la temperatura global podría alcanzar los 1.5 °C sobre los niveles preindustriales entre 2040 y 2052 si las tendencias actuales de emisiones continuaban. Este pronóstico se basó en modelos climáticos que consideraban un aumento gradual de las temperaturas debido a las emisiones de gases de efecto invernadero, principalmente por la quema de combustibles fósiles y otros factores antropogénicos.
Fijate lo mal calculado, naturalmente a propósito y con alevosía, lo tenían. 2024 y ya hemos llegado.
#30 El Artículo 206 LH proporciona un marco legal que facilita la inmatriculación de propiedades por parte de entidades públicas, incluida la Iglesia católica.
No es incluyente es además de.
#27 El **Artículo 206 de la Ley Hipotecaria (LH)** se refiere a la inmatriculación de fincas pertenecientes a Administraciones Públicas y entidades de derecho público, incluyendo a la Iglesia católica. Este artículo establece un procedimiento simplificado para registrar propiedades que no cuentan con un título de dominio claro, permitiendo que estos bienes sean inscritos en el Registro de la Propiedad mediante una certificación administrativa.
1. **Inmatriculación Simplificada**: Permite a las Administraciones Públicas y entidades de derecho público inmatricular fincas sin necesidad de un título escrito de dominio. Esto se hace a través de una certificación emitida por el funcionario competente que acredite la propiedad y el modo de adquisición del bien[3][4].
2. **Facultad de Inmatriculación**: La Iglesia católica, actuando a través de sus entidades con personalidad jurídica, puede utilizar este procedimiento para registrar sus propiedades. Sin embargo, la aplicación del artículo ha sido objeto de debate, especialmente en cuanto a qué entidades eclesiásticas pueden beneficiarse de esta disposición[3][4].
3. *Requisitos*: Para la inmatriculación, es necesario presentar una certificación catastral descriptiva y gráfica del inmueble. Si no se dispone de esta certificación, se puede aportar una representación gráfica alternativa[1][2].
4. **Limitaciones y Controversias**: A pesar de su utilidad, el uso del artículo 206 ha generado controversias sobre la legitimidad de algunas inmatriculaciones realizadas por la Iglesia, especialmente en relación con el patrimonio cultural y su carácter público[3][4]. Se ha argumentado que muchos bienes eclesiásticos deberían ser considerados patrimonio común debido a su valor histórico.
El Artículo 206 LH proporciona un marco legal que facilita la inmatriculación de propiedades por parte de entidades públicas, incluida la Iglesia católica. Sin embargo, su aplicación ha suscitado debates sobre la naturaleza de la propiedad eclesiástica y su relación con el patrimonio cultural y público en España.
#9 La cuestión de si las iglesias son propiedades privadas es un tema controvertido en España, con argumentos a favor y en contra de la propiedad eclesiástica.
1. **Inmatriculación y Derecho de Propiedad**: Desde 1998, la Iglesia católica ha podido inmatricular sus bienes en el Registro de la Propiedad, lo que le permite reclamar legalmente la propiedad de iglesias y otros edificios religiosos. Esta capacidad fue reconocida tras una reforma del Reglamento Hipotecario, que permitió a las instituciones religiosas inscribir propiedades que no tenían un título de propiedad claro[1][4]. La Iglesia argumenta que estos bienes son parte de su patrimonio histórico y cultural, y que su inmatriculación es un derecho legítimo para garantizar su custodia y uso[4].
2. **Personalidad Jurídica**: Las diócesis y parroquias tienen personalidad jurídica propia, lo que les permite poseer bienes como cualquier otra entidad civil. Esto se basa en acuerdos legales entre la Iglesia y el Estado español, que reconocen su capacidad para gestionar y registrar propiedades[3][4].
1. **Patrimonio Cultural y Dominio Público**: Muchos expertos y juristas sostienen que los bienes eclesiásticos, especialmente aquellos de valor histórico, deberían ser considerados patrimonio público. Argumentan que muchos de estos edificios fueron construidos con aportes comunitarios y que su privatización es injusta. Según esta perspectiva, la Iglesia no tiene títulos de propiedad que justifiquen su carácter privativo[2][5].
2. **Controversias Legales**: Ha habido sentencias en contra de algunas inmatriculaciones realizadas por la Iglesia, lo que indica que no todos los casos son claros y que existen disputas sobre la legitimidad de estas inscripciones[1][2].
En resumen, aunque la Iglesia puede registrar sus propiedades como privadas bajo la legislación española, existe un debate significativo sobre si estos bienes deberían ser considerados… » ver todo el comentario
#5 Cierto es un "y tú más" justificando la de Sanchez por fuera de contexto. No estamos en época de nenes ingeniosos, haciendo carambolas lingüísticas.
Estas órdenes de arresto se basan en acusaciones de:
- Uso del hambre como método de guerra
- Ataques y castigos colectivos contra la población civil de Gaza
- Desnutrición y sufrimiento profundo de la población palestina, incluyendo bebés, niños y mujeres
Es importante señalar que:
1. Israel no es miembro de la CPI, lo que dificulta la ejecución de estas órdenes.
2. Las órdenes podrían restringir los viajes internacionales de Netanyahu y Gallant a los 124 países miembros de la CPI.
3. Estados Unidos ha rechazado la petición del fiscal de la CPI, considerándola una medida vergonzosa.
Estas órdenes de arresto representan un paso significativo en el proceso de rendición de cuentas por los presuntos crímenes cometidos durante el conflicto, aunque su implementación práctica enfrenta desafíos considerables.
Y ahora qué? Pues nada la matanza sigue igual y peor.
Citations:
[1] www.aa.com.tr/es/mundo/fiscal-de-la-corte-penal-internacional-orden-de
[2] es.euronews.com/2024/05/20/el-fiscal-de-la-cpi-solicita-ordenes-de-arr
[3] efe.com/mundo/2024-11-21/cpi-ordenes-arresto-netanyahu-gallant-crimene
[4] www.dw.com/es/cuáles-son-las-consecuencias-de-la-orden-de-arresto-de-
[5] www.amnesty.org/es/latest/news/2024/05/israel-opt-icc-applications-for
[6] www.larepublica.co/globoeconomia/corte-penal-internacional-emite-orden
[7] www.elespectador.com/mundo/mas-paises/corte-penal-internacional-emite-
[8] www.france24.com/es/medio-oriente/20241121-la-cpi-emite-órdenes-de-ca