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bitcefalo

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  1. #1

    "en octubre de 2022, el ladrón ya había sido condenado a un año y medio de prisión por perpetrar un delito de robo con fuerza".

    Hombre, robo con violencia, teniendo condena reciente de robo con fuerza no es ninguna tontería.

    A ver si ahora vamos a normalizar esto de entrar al Súper a robar solomillos e intentar partirle la cara al segurata.

    Que otros con pasta la hacen más gorda y salen impunes, si, pues a por ellos. Pero no por eso debemos pasar por alto los hurtos con violencia.
  2. #1 Ya, pero durante el entrenamiento, mientras se aprende la técnica, no es necesario poner en riesgo los ligamentos de su rodilla, "El riesgo de lesión se habría reducido sin desmerecer por ello el correcto aprendizaje de la concreta técnica que se estaba entrenando".

    Que si lo del realismo durante el entrenamiento fuera tan importante, deberían dispararse con balas de verdad, ¿cierto?
  3. #3 No eran demasiado útiles para correr largas distancias por Grecia. Los caballos de por aquel entonces eran de mucha menor alzada que los actuales, poco más que ponis; se montaban casi a pelo, no había estribos ni tampoco herraduras; pero, sobre todo, Grecia es terriblemente abrupta y pedregosa y estaba dividida en distintas ciudades rivales entre sí.

    Los mensajeros a caballo son más rápidos si hay postas a lo largo del trayecto en los cuales cambiar la montura y hay senderos transitables, lo cual no se daba en Grecia debido precisamente a esa falta de unidad política; por eso los hemeródromos eran corredores altamente entrenados que gozaban de cierta inmunidad. No hay que olvidar que el ser humano es de los mejores corredores de largas distancias de toda la naturaleza, gracias a su capacidad para sudar.

    Pero lo más probable es que no fuese Filípides ese corredor del maratón pero sí del espartatlón, porque todo apunta a que los historiadores mezclaron dos hechos. Me explico:…   » ver todo el comentario
  4. #1 En efecto, así es. Aplicación del artículo 16 del código penal. Es bastante claro.

    Quedará exento de responsabilidad penal por el delito intentado quien evite voluntariamente la consumación del delito, bien desistiendo de la ejecución ya iniciada, bien impidiendo la producción del resultado, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por los actos ejecutados, si éstos fueren ya constitutivos de otro delito.
    noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t1.html#a16
  5. Primo de hawk twa!
  6. #3 si, ese puede ser un error que lleve a la juventud a hacerse de extrema derecha, los pisos que tenga Wyoming

menéame