#30 los evangelistas no fueron testigos. Son posteriores, incluso muy posteriores, a Jesús. Para detectar las diferencias hay que ser muy experto. Como han dicho por ahí arriba, lee a Antonio Piñero
#27 No, es de Fer. Es una de las magníficas páginas que publicaba en El Jueves en su sección Puticlú, ambientada en algún punto inconcreto de la provincia de León (había referencias frecuentes a los ríos Luna, Órbigo, y Omaña)
#30 Tras unos cientos de años de pulir detalles y de basarse unos en otros...mas todos los arreglos posteriores (concilios, traducciones, "erratas"...) como para que no concuerden.
Aun asi, que el dios del antiguo testamento sea un puto genocida y el del nuevo testamento puro amor...no chirria??? Porque a mi eso me rallaba desde catequesis. Luego ya no porque vi que eran cuentos, y para eso prefiero caperucita.
#21 Los toros están exentos. Por definición cualquier festejo taurino "normal" encajaría en la definición de maltrato animal. Estos simplemente se han pasao un poco. Pero poco.
#30 Contradicción esencial N°1: proceso gradual de divinización del personaje.
Dependiendo de cada evangelio, Jesús es un profeta que se convierte en Mesías/Cristo tras su resurrección, o Jesús es un profeta que se convierte en Mesías/Cristo durante su predicación en la edad adulta o, por último, Jesucristo es un ser sobrenatural hecho carne en el vientre de una virgen, único hijo de Dios, etc.
Las contradicciones e incoherencias son obvias.
En el grabado de la expo de 1875, se ven en la parte trasera de la sección de Bazin las cosas que sacó de la ría de Vigo, entre ellas una jarra que debe ser la que se menciona en el artículo de octubre de ese año.
#3 Ahora le paso recado a Gelo para la corrección.
#100 Es que si pesa la duda de tratos inumanos o que se le pudiera aplicar la pena de muerte no se le puede deportar, como señala #16 independientemente de lo que haya hecho. Lo que no se es si cumpliría algún tipo de pena en España. Ni idea sobre qué tipo de acuerdos tenía España con Ucrania a éste respecto antes de la guerra, encontré esto:
Se señala la extradición y cooperación por un montón de delitos, pero no sobre "traición".
Artículo 8.
1. Cada una de las Partes podrá rechazar, en todo o en parte, o poner condiciones a la realización de la petición de ayuda o información si considera que la realización de la petición representa una amenaza para su soberanía o su seguridad o que está en contradicción con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico o con otros intereses esenciales de su Estado.
#93 No estaba en España y en cualquier caso en Polonia no hay pena de muerte. #2#32#34
#89 Es que lo gracioso es que si le debes 1€ a hacienda ésta vaya en tu búsqueda como si no hubiera un mañana, y en cambio aquí en España se repitan estas historias... Es como si en hacienda pusieran a sicarios y en la SS a zombies.