#30 esa versión de la historia que cuentas es falsa. El Hormiguero publicó sus invitados de la semana siguiente cuando el mismo programa de la Revuelta que saboteó ya había empezado a emitir, que no a grabar. Puedes leer decenas de periódicos para corroborar esta versión.
#74 A mi opinión estás mezclando conceptos. Una cosa es que la información en internet la realice gente a título individual (manos privadas en tus palabras) y otra cosa es que el dueño de la plataforma también tenga la opción de controlar la comunicación de otros. Tú en tu blog no tienes dependencia de otro autor, ni un periódico la tiene en su propio sitio web respecto X. Por eso The Guardian lo resume así:
"that X is a toxic media platform and that its owner, Elon Musk, has been able to use its influence to shape political discourse."
#11 En realidad, de todo el ejercito, solo la UME y unidades de artilleros, ingenieros, logística (con capacidades de levantar puentes portátiles, etc.) tienen experiencia profesional para ser enviados a ayudar en el desastre. Es lógico que en primera instancia sean sólo ellos hasta saber bien que hace falta. Mandar más militares ya es pura mano de obra, parecido a los voluntarios. Con esto no justifico en absoluto las decisiones tardías de Mazon o de Defensa.
#16 solo como nota, el termino es "absoluta", porque la incapacidad total también existe, y solo incapacita para una profesión u oficio, mientras que la absoluta incapacita para toda profesión u oficio, que es la que se discute en el artículo.
#20 No tengo yo entendido eso como tú mencionas, pues tiene que ver con la independencia de Mexico y no con la guerra sólo. El mismo tratado dice:
"“Esta amnistía se estipula y ha de darse por la alta interposición de que se cimente sobre principios de justicia y beneficencia la estrecha amistad, paz y unión que desde ahora en adelante, y para siempre, han de conservarse entre sus súbditos y los ciudadanos de la república mexicana”"
#3 ¿cada cuanto hay que pedir perdón? Ya en 1836 se firmó entre Mexico y España lo siguiente:
ARTICULO II. Habrá total olvido de lo pasado, y una amnistía general y completa para todos los
mexicanos y españoles, sin excepcion alguna, que puedan hallarse expulsados, ausentes,
desterrados, ocultos, [...]
Las negritas son mías. No soy fan de apoyar el populismo.
Pues mi experiencia en derecho me dice que la INSS concede bastantes incapacidades, siempre apropiadamente peritadas por médicos, y los jueces suelen ser bastante pro-ciudadanos en este tema si se entregan los informes correctamente. Habrá que ver los informes médicos reales antes de opinar de este caso. Por lo que leo el abogado solicita una incapacidad absoluta y la juez y la INSS se lo deniegan porque dicen que no llega ni a total. Es probable que el problema sea del abogado.
#9 eso pienso. Hoy todas las noticias hablan de cadaveres, pero ayer me pareció ver un video donde uno se movía antes de caer. ¿Alguien me puede confirmar si me lo he imaginado?
#2 de acuerdo contigo, y por eso él al final de este artículo dice “ Sin ánimo de parecer ultraliberal o de cuestionar el poder de la justicia de cada país”. Podrá no gustarnos pero tonto no es.
#56 100% de acuerdo. Es solo que declarar la guerra al Libano da paraguas “legal” para atacar a Hezbolá. Otra cosa que no haya casus belli y la declaración de guerra también sea “ilegal”. Todo esto da igual porque en política internacional lo que impera en realidad es la ley del más fuerte
“Para reclamar un piso en alquiler es necesario que aparezca en el contrato y avisar con tiempo al inquilino“
Y sí, el inquilino si pasados tres meses puede demostrar que la vivienda no se ha destinado a uso familiar puede recuperar la vivienda por via judicial. Eso que dices es correcto.
#343 estoy bastante seguro que si la clausula no existe en el contrato (y no aparece en el modelo estandar del ministerio) el arrendador no tiene derecho a reclamar la vivienda por uso familiar. Este es el primer enlace rápido que he encontrado al respecto:
#12 y si realizas el contrato de temporada con un abogado este año ya se suele poner una clausula en la que el inquilino reconoce y acepta que A) no va a ser su domicilio habitual y es solo por unos meses, y B) limita la estancia a máximos de 9-10 meses. Se están blindando mucho los contratos este año ante problemas legales.