#16 solo como nota, el termino es "absoluta", porque la incapacidad total también existe, y solo incapacita para una profesión u oficio, mientras que la absoluta incapacita para toda profesión u oficio, que es la que se discute en el artículo.
#20 No tengo yo entendido eso como tú mencionas, pues tiene que ver con la independencia de Mexico y no con la guerra sólo. El mismo tratado dice:
"“Esta amnistía se estipula y ha de darse por la alta interposición de que se cimente sobre principios de justicia y beneficencia la estrecha amistad, paz y unión que desde ahora en adelante, y para siempre, han de conservarse entre sus súbditos y los ciudadanos de la república mexicana”"
#3 ¿cada cuanto hay que pedir perdón? Ya en 1836 se firmó entre Mexico y España lo siguiente:
ARTICULO II. Habrá total olvido de lo pasado, y una amnistía general y completa para todos los
mexicanos y españoles, sin excepcion alguna, que puedan hallarse expulsados, ausentes,
desterrados, ocultos, [...]
Las negritas son mías. No soy fan de apoyar el populismo.
Pues mi experiencia en derecho me dice que la INSS concede bastantes incapacidades, siempre apropiadamente peritadas por médicos, y los jueces suelen ser bastante pro-ciudadanos en este tema si se entregan los informes correctamente. Habrá que ver los informes médicos reales antes de opinar de este caso. Por lo que leo el abogado solicita una incapacidad absoluta y la juez y la INSS se lo deniegan porque dicen que no llega ni a total. Es probable que el problema sea del abogado.
#9 eso pienso. Hoy todas las noticias hablan de cadaveres, pero ayer me pareció ver un video donde uno se movía antes de caer. ¿Alguien me puede confirmar si me lo he imaginado?
#2 de acuerdo contigo, y por eso él al final de este artículo dice “ Sin ánimo de parecer ultraliberal o de cuestionar el poder de la justicia de cada país”. Podrá no gustarnos pero tonto no es.
#56 100% de acuerdo. Es solo que declarar la guerra al Libano da paraguas “legal” para atacar a Hezbolá. Otra cosa que no haya casus belli y la declaración de guerra también sea “ilegal”. Todo esto da igual porque en política internacional lo que impera en realidad es la ley del más fuerte
“Para reclamar un piso en alquiler es necesario que aparezca en el contrato y avisar con tiempo al inquilino“
Y sí, el inquilino si pasados tres meses puede demostrar que la vivienda no se ha destinado a uso familiar puede recuperar la vivienda por via judicial. Eso que dices es correcto.
#343 estoy bastante seguro que si la clausula no existe en el contrato (y no aparece en el modelo estandar del ministerio) el arrendador no tiene derecho a reclamar la vivienda por uso familiar. Este es el primer enlace rápido que he encontrado al respecto:
#12 y si realizas el contrato de temporada con un abogado este año ya se suele poner una clausula en la que el inquilino reconoce y acepta que A) no va a ser su domicilio habitual y es solo por unos meses, y B) limita la estancia a máximos de 9-10 meses. Se están blindando mucho los contratos este año ante problemas legales.
#29 hay un comentario en el mismo articulo de este enlace que menciona que un avión de USA de guerra electrónica es capaz de actualizar el firmware de los buscas que explotaron de forma remota. Te doy la razón, imaginando que eso se extiende a equipamiento médico o a saber qué. Puedes hackearlo mas tarde mediante actualización de firmware, lo que aún retrasa más una posible detección. Es muy díficil no pensar que no solo estados, sino mafias y organizaciones no estén ya pensando en esto.
#22 y murió poco antes de hacer una demo hackeando implantes de corazón, aparte de demostrar como matar a un paciente con bombas de insulina de forma remota. Muy buena referencia.
#227 y cuando hayas salido de ese piso, y te toque volver a alquilar, te van a exigir aval bancario y ahora ya vas a pagar practicamente por adelantado.
#144 ¿objetivo legitimo? Por la ley que te acabas de inventar, claro. ¿Simplemente con que heredes una casa ya pagada de tu padre eres objetivo legitimo?
#268 esto es posible solo si esa clausula se escribe explicitamente en el contrato de arrendamiento. Es muy posible bastantes contratos un poco antiguos no la tengan, los nuevos que hayan pasado por inmobiliaria o abogados casi seguro que la tienen.
#76 dandote la razón, lo que se va a conseguir es que todos los futuros alquileres ya solo sean con avales bancarios. Ahí no hay impago si te pido un aval de seis o doce meses, ya se las apañarà el inquilino con el banco. Solo leer este titular de noticia creo que ya va a provocar esto.