Tiene mucha razón: no hay igualdad procesal (y mucho más)
Explico simplificnado como va un procedimiento ejecutivo:
Banco ve impago
Banco suma la deuda debida
Banco pide la deuda más el total de la deuda (cláusula vencimiento anticipado)
Hipotecado: tiene las causas de oposición contadas.
Se embarga, ejecuta, subasta y después, si eso, te vas a un procedimiento declarativo (juicio normal) Con suerte lo ganas, pero si la casa la ha comprado un tercero ( de buena fe...)
Es básicamente: me debe/no tiene/ ejecuto/fin
Un proceso normal (hay bastantes) consisten en
Me debes tanto
De eso nada
Vale, que lo decida un juez
Presento las pruebas
Pues mira, no me gustan, te recurro esta
Lo que tu digas
El juez se lo piensa y dicta sentencia (es un papel: haz, da, deja de hacer...)
Sentencia recurrible (se puede solicitar ejecución provisional de la misma, hasta un embargo provisional antes de la contestación a la demanda, pero eso lo autoriza el juez y no es tan fácil)
Estábamos en lo del papel (sentencia) Por qué? Porqué las sentencias son declarativas ( declaro, yo juez de tal y tal, que fulanito nosécuantos)
La parte condenada no hace caso: se pide que el papel (sentencia declarativa) se ejecute y es aquí donde el procedimiento ejecutivo hipotecario empieza (básicamente, siento la simplificación) saltando se todo lo anterior (ya digo, basicamente, todo sea porque sea entendido)
Lo que sí es muy cierto ( y muy jodido para el ejecutado) es la cláusula de vencimiento anticipado (exigir el total de la deuda: si no tienes para pagar "4 letras", no tienes para pagar las 20 que te faltan) Claramente en una hipoteca a, por ejemplo 20 ańos, si te quedan 3-4-5 de hipoteca el resto de la deuda 10-20-25% está plenamente garantizado con el bien (que no te lo puedes llevar) aunque no tengas ahora liquidez. Es un sinsentido el sistema y no ha facilitado soluciones: una persona a la que le han embargado y ejecutado esta fuera del sistema de crédito toda la vida como no pague lo que debe
Explico simplificnado como va un procedimiento ejecutivo:
Banco ve impago
Banco suma la deuda debida
Banco pide la deuda más el total de la deuda (cláusula vencimiento anticipado)
Hipotecado: tiene las causas de oposición contadas.
Se embarga, ejecuta, subasta y después, si eso, te vas a un procedimiento declarativo (juicio normal) Con suerte lo ganas, pero si la casa la ha comprado un tercero ( de buena fe...)
Es básicamente: me debe/no tiene/ ejecuto/fin
Un proceso normal (hay bastantes) consisten en
Me debes tanto
De eso nada
Vale, que lo decida un juez
Presento las pruebas
Pues mira, no me gustan, te recurro esta
Lo que tu digas
El juez se lo piensa y dicta sentencia (es un papel: haz, da, deja de hacer...)
Sentencia recurrible (se puede solicitar ejecución provisional de la misma, hasta un embargo provisional antes de la contestación a la demanda, pero eso lo autoriza el juez y no es tan fácil)
Estábamos en lo del papel (sentencia) Por qué? Porqué las sentencias son declarativas ( declaro, yo juez de tal y tal, que fulanito nosécuantos)
La parte condenada no hace caso: se pide que el papel (sentencia declarativa) se ejecute y es aquí donde el procedimiento ejecutivo hipotecario empieza (básicamente, siento la simplificación) saltando se todo lo anterior (ya digo, basicamente, todo sea porque sea entendido)
Lo que sí es muy cierto ( y muy jodido para el ejecutado) es la cláusula de vencimiento anticipado (exigir el total de la deuda: si no tienes para pagar "4 letras", no tienes para pagar las 20 que te faltan) Claramente en una hipoteca a, por ejemplo 20 ańos, si te quedan 3-4-5 de hipoteca el resto de la deuda 10-20-25% está plenamente garantizado con el bien (que no te lo puedes llevar) aunque no tengas ahora liquidez. Es un sinsentido el sistema y no ha facilitado soluciones: una persona a la que le han embargado y ejecutado esta fuera del sistema de crédito toda la vida como no pague lo que debe