#26 Se realista, España no está en guerra con nadie actualmente. Para que hagan uso de la constitución para emplear la pena de muerte debe de ser un caso extremo, en unas circumstancias que no existen actualmente. Me lo puedo imaginar si fuera una guerrilla que anda masacrando gente y que el ejercito esté actuando en contra de ellos, y para solventar el problema rápido y sin problemas legales tiren de constitución para terminar con ellos, pero no creo que se carguen a nadie porque anda soltando sandeces a su rebaño de idiotas en un pueblo pequeño.
#83 Mira que lo tienes fácil. Deja de hacer el merluzo y dale un vistazo a la Constitución consolidada y si son vigentes las leyes penales militares: www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1)/con
A no ser que tu intención sea venir aquí a soltar soflamas para calentar al personal a propósito y que te insulten.
#39 Lo que dice la Constitución es que, sin cambiarla, puedes tener pena de muerte o puedes no tenerla. No dice "prohibida la pena de muerte, excepto para los crímenes de deserción, conspiración...", sino que dice literalmente "LO QUE DISPONGAN LAS LEYES". Es un margen de libertad al legislador dejado a propósito.
Es exactamente el mismo caso que con el matrimonio homosexual: está constitucionalmente protegido el "matrimonio entre un hombre y una mujer", pero eso no quiere decir que no se pueda ampliar el concepto de matrimonio a otros supuestos.
¿Cuál es el truco, entonces? Pues que la Constitución, casi por definición, es un número de reglas muy básico que para modificarse necesita mayorías reforzadas (lee esto: www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=1). Por eso deja conscientemente cierto margen de acción: para que solo las cosas más elementales estén grabadas en piedra. Esto lo que quiere decir es que mañana, con una mayoría absoluta de Vox, podría desaparecer el matrimonio homosexual o restaurarse la pena de muerte en tiempos de guerra*. No podrían, sin embargo, restaurarla para los asesinatos corrientes, pues eso iría contra la Constitución.
No sé si me he explicado.
*En realidad, no estoy muy seguro de que la UE les dejase hacerlo. Los Tratados están por encima de la Constitución, y creo que prohíben la pena de muerte.
#70 cuantos años tienes, criatura? Cual es el objetivo, acabar con la guerra o vengar a las víctimas?
Y entiende de una vez que aún en estado de guerra (que debe estar declarado legalmente) no existe la pena de muerte en España.
Que lo que te estoy diciendo lo hago con el afán de evitar que sigas siendo un necio... y pese a lo retarded que demuestras ser yo todavía no te había insultado.
#38 Que bueno, copias y pegas y no sabes ni de lo que va el tema. Como. Te dicen en #41 la constitución delega en el código penal militar. Si en el CPM se prohibe la pena de muerte mediante la LO, la pena de muerte está prohibida diga lo que diga la constitución.
Por favor deja de copiar y pegar cosas que todos conocemos y asume que te has confundido, enrocarse en un error tan solo demuestra estupidez y falta de criterio.
España ratificó el Protocolo 13 al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que establece la abolición de la pena de muerte en cualquier circunstancia, el 16 de diciembre de 2009. es.wikipedia.org/wiki/Pena_de_muerte_en_España
El artículo 15 de la Constitución española proclama que todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral y dispone la abolición de la pena de muerte salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempo de guerra. Tal excepción para determinados delitos cometidos en tiempo de guerra ha sido materializada por la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Código Penal Militar. No obstante, como tal excepción constitucional, no resulta obligada e imperativa sino que el legislador dispone de plena libertad para abolirla.
Conforme a ello, a la propia pauta de las legislaciones de los Estados modernos en los últimos años y al espíritu y propósito del segundo Protocolo facultativo al Pacto internacional relativo a los derechos civiles y políticos de la Resolución 1044 y de la Recomendación 1246 adoptadas por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, el 4 de octubre de 1994, la presente Ley declara abolida la pena de muerte en el Código Penal Militar, único texto legal que la contempla como pena alternativa a determinados delitos cometidos en tiempo de guerra, y suprime todas las referencias legales a la misma, haciéndola desaparecer de nuestro ordenamiento jurídico.
Artículo 1 Objeto y fin
Queda abolida la pena de muerte establecida para tiempo de guerra. noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo11-1995.html