Año 1993. Un artista le pone una cabeza de carnero a un Cristo Crucificado. (STS 668/1993). El juez no aprecia ningún delito y lo considera obra artística… ABSUELTO
Año 2004. Caso del videojuego “La Matanza Cofrade”… la cosa consistía en un videojuego donde ibas disparando nazarenos de Semana Santa en Sevilla. El Juzgado de lo Penal nº4 de Sevilla dictó sentencia el 30 de septiembre de 2004… ABSUELTO.
Año 2004. Otra vez en Sevilla y en el mismo año. Caso de las imágenes pornográficas de la Esperanza de Triana… Aparece en una web un fotomontaje con la virgen sevillana portando un pene en la mano. La Audiencia Provincial de Sevilla reconoce que la obra es soez pero no aprecia ánimo de ofender. El 07 de junio de 2004, incluso indica que el “escarnio” necesita obligatoriamente un elemento subjetivo: La voluntad de ofender los sentimientos de una confesión religiosa. Ni siquiera con la Esperanza de Triana la Audiencia apreció culpa o dolo… ABSUELTO.
Año 2005. SAP Valladolid 367/2005. Se presenta una imagen de la Virgen y el niño bajo el lema “Adúltera y su bastardo”. El Juez no aprecia delito porque no existe el elemento subjetivo del escarnio y se trata de una creación artística o sátira con espíritu crítico… ABSUELTO
Caso aparte merecen las sentencias absolutorias de Leo Bassi y Javier Krahe, donde además de denegar todas las peticiones de los querellantes, los jueces se extienden e incluyen algunas de las más deliciosas argumentaciones contra los argumentos de la parte “ofendida”
Os dejo las Sentencias completas, con la encarecida petición de que las leáis (tranquilos, no tardaréis mucho) y la promesa de que las vais a disfrutar.
#25 La cuestión es que se ha hecho la denuncia por este cauce porque les sale mejor que ponerla por cuestión de los derechos. Es por eso que #10 tiene parte de razón.
Gracias al delito de Blasfemia no han tenido que poner la demanda por derechos.
#11 Sí y no: la imagen del Cristo como tal, si es una talla antigua, no tiene ya derechos de autor de ninguna clase, pero las fotografías que se hagan de la talla sí tienen derechos de autor. Es decir, que si alguien va y hace una foto de la talla no le pueden decir nada, pero si alguien utiliza la foto de la talla que ha hecho la hermandad, esa foto sí tendrá sus derechos de autor.
Pasa lo mismo con los fondos de los museos: te encuentras con fotos de cuadros del s.XVII que tienen derechos de autor y es porque aunque el cuadro no los tenga, la foto que se ha sacado del cuadro sí que los tiene.
#11 Esa imagen en concreto, esa escultura está sujeta a derechos de autor. Igual que la película de Mel Gibson de La pasión de Cristo tiene derechos de autor y no puedes usar un fotograma sin el consentimiento de los dueños de sus derechos de autor.
#11 Y aunque la foto tuviera derechos, que tiene cojones porque no hablamos de la escultura en si, mientras esté modificada y no se use comercialmente...