#8 y #7 Bueno la verdad es que el régimen de módulos (estimación objetiva) no es que te lo impongan. Es un sistema diseñado para que aquellos pequeños negocios para los cuales llevar una estricta contabilidad supone un engorro, aligerar de esas cargas permitiendo tributar mediante parámetros objetivos (personal contratado, superficie del local, potencia eléctrica, entre otros) en vez de por el método normal, que es de ingresos menos gastos.
Pero obviamente esto se hace para favorecer al contribuyente, de modo que si lo que pagas mediante estimación objetiva es mayor que lo que pagarías mediante estimación directa (simplificada o no), entonces puedes renunciar a los módulos. De hecho puedes renunciar a los módulos te perjudique o beneficie, depende de ti.
Cuando no hay trabajo prácticamente es mejor darse de baja como autónomo, y darte de alta cuando tengas las facturas y los pagos y cobros sean efectivamente realizados (criterio de caja para imputación de ingresos y gastos).
#143 ¿Allí es delito? Si no lo es, y aquí sí, y se demuestra que no ha podido saber que aquí lo es, entonces no habría delito. Pero claro, en el remoto caso de que existiese un país en que no es delito eso, seguramente antes de salir de alli les informasen de que sí lo es. Es un caso de laboratorio, pero la ley dice claramente que si alguien no tiene acceso al mandato normativo, si no sabe que su comportamiento es delito y no lo ha podido saber, no es culpable (y por tanto se le exime de responsabilidad criminal).
Es muy raro que se reconozca un error de prohibición invencible (desconocimiento plenamente justificado), pero a veces puede darse el caso de un error de prohibición vencible que puede rebajar la pena en uno o dos grados.
#35 mezclas dos cosas distintas, te lo explico por si quieres entenderlo mejor:
- dolo: saber que acción real estás haciendo. y lo que haces debe de concordar con la descripción que hace del delito en la norma.
- error de prohibición: no conocer que lo que estas haciendo está prohibido. Es verdad que el codigo civil dice "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento", pero a reglón seguido dice "el error de prohibición tendrá los efectos que diga la ley". En el código penal, si tu no sabes Y NO HAS PODIDO SABER que algo es delito, no eres culpable.
ejemplo de cada cosa:
- yo quiero matar a X. X está durmiendo en su cama. Para matarlo, cojo un cuchillo y lo apuñalo en la cara. Eso es dolo. Yo se en todo momento que quiero matarlo, y que hago una acción encamianda a conseguir ese resultado. Que luego lo mate o no, es indiferente.
- llega hoy mismo a madrid desde un país africano un indígena (mayor de edad) de una tribu en la que es normal tener relaciones sexuales con niñas de 13 años. Acaba de llegar aqui, no conoce nuestras leyes, y desconoce que aqui esta prohibido que su "novia" tenga menos de 13 años. no habría delito.
#37 bueno, el problema es que fue retirada hace años, que la tienen guardada y que les ha dado tiempo a terminar las obras, poner otro monumento en su lugar, y todavia el monumento de la constitución sigue por ahí guardado. quiero decir que, evidentemente, tiempo han tenido más que de sobra para reubicarlo en algun sitio.
pues para mi lo importante es ¿cómo si un juez está investigando ya un asunto, los delitos que investiga prescriben? Yo creo que eso no es posible, pero es lo que dice la periodista en su artículo, y que la juez en su carta abierta no responde
Es insultante la reforma del Código Penal que se quiere acometer, y el autor de la entrada no lo podía haber dicho mejor. Sin embargo, si me permitís ser puntillosos, el cómputo de las penas no se realiza así. No se acumulan y ya está. Os dejo aquí escrito cómo funciona (lo he puesto en el blog también):
Si una persona comete varios delitos castigados con una misma pena, no se suman las penas de cada delito. Si te condenan por tres delitos derivados de tres acciones distintas, y cada delito tiene una peña de 1 año, no vas a ser condenado a 3 años. En un año consumas las tres penas.
Ahora bien, si con una sola acción has cometido varios delitos (aunque me parece que no sería el caso que has puesto el ejemplo), la regla es castigar sólo el más grave en su mitad superior. Es decir, si cometes un delito cuya pena oscila entre 1 y 2 años, y otro que oscila entre 2 y 4 años, la regla sería aplicar sólo la segunda pena, en su mitad superior (de 3 a 4 años). Aunque esto tiene un límite: que la pena resultante no sea superior a si se computasen por separado. Como las penas mínimas son 1 y 2 años, la pena mínima por separado serían 3 años, esta cuantía actúa de límite a la regla anterior. Por tanto, en este caso, no te podría caer una pena mayor a 3 años.
Todo esto salvo que en la reforma al Código Penal no se cambiasen este tipo de reglas relativas al cómputo de la pena (que me parece que no las cambian).
"el jugador medio tiene más de 30 años y el 40% de los mismos son mujeres."
dudo mucho eso porque el auge de los videojuegos está en gente de, digamos, 15 a 30 años. si la media estuviera en 30 años significaria que juegan tantos niños de 15 años como adultos de 50. sinceramente, no lo veo . y lo de que las mujeres sean el 40% no lo discuto.
#3 creo que el ejemplo es equivocado. en el caso que pones del madrid arena, lo que ocurrió es claramente ilegal y habría que depurar responsabilidades. quiero decir, que la ley está ahí, otra cosa es que se esté cumpliendo.
por otro lado, es cierto que a la administración no se le aplican muchas normas. es logico y lleva pasando desde que el mundo es mundo. la administración tiene una posición de supremacía frente a los administrados. la excusa o fundamento (llámalo como quieras) es que representa los intereses generales, frente a los intereses particulares de todos nosotros. por poner un ejemplo macabro, como tardes un mes en pagar un impuesto o una multa, bien que te van a cobrar todo tipo de recargos. pero como ellos tengan que devolverte algo cobrado indebidamente, te puedes esperar meses, si no años.
#92 es lo más justo equitativamente hablando, pero en ocasiones son los propios maridos los que aducen el trabajo como muestra de que no pueden atender a sus hijos de la forma idónea. de ahí que sea más común otorgar un derecho de visita para fines de semana (cuando lo solicitan).
Vengo a arrojar un poco de luz desde el punto de vista jurídico porque veo que mucha gente, entre ellos el comentario más votado (que es #3 ) parecen algo desinformados y lleva a conclusiones disparatadas como acusar a la juez por el hecho de ser una mujer de blabla.
Cuando se produce un divorcio, se reconoce a uno de los excónyuges un derecho de compensación económica. esto no se lo inventa la juez, viene por ley, y está hecho para equilibrar económicamente a ambas partes, ya que la parte débil, que suele ser la mujer que ha renunciado a trabajar para cuidar de los hijos, pueda disfrutar de un nivel de vida parecido al que venia disfrutando.
El piso va a seguir siendo propiedad de quien viene siendolo hasta ahora. es decir, de los padres del marido. cosa distinta es quién lo usa. Cuando una pareja se casa y decide establecer el domicilio conyugal, ese domicilio pasa a estar protegido. da igual de quien sea la propiedad, si de un cónyuge, otro, o ambos. cuando llega la separación, o el divorcio, el USO de la vivienda (que no la propiedad) se la va a quedar el cónyuge que tenga la custodia de los hijos la mayoría del tiempo. de la noticia se deduce que la custodia es de la madre, de ahí que se quede con la casa. lo bueno es que, como es suficientemente grande, y se trata de dos viviendas unidas, con obras no muy caras se puede dividir y permitir que ambos tengan sitio donde vivir.
podrá seguir usando la casa mientras no cambien las circunstancias (siga cuidando de los hijos, aunque sean mayores de edad), se case de nuevo.
No es que haya 41 tipos de contrato y se vayan a quedar en 5. Ya son ganas de agrandar las diferencias. Tipos de contratos laborales como tal son:
- el contrato comun
- el contrato por tiempo indefinido de apoyo a los emprendendores
- el contrato de fijos discontinuos
- el contrato de obra o servicio
- el contrato eventual
- el contrato de interinidad
- el contrato de fomento del empleo de trabajadores discapacitados
- el contrato de practicas
- el contrato para la formación y aprendizaje
- el contrato a tiempo parcial ordinario
- el contrato para trabajos fijos y periódicos
- el contrato de relevo y jubilación parcial
La reducción en si no tiene porque ser mala por el hecho de la reducción, de hecho podria ser bueno, pero ya depende del resto de modificaciones que se aproveche para hacer.
Por otro lado, supongo que la noticia dice que hay tantos tipos de contrato porque dentro de algunos de los que he dicho, contratar a determinadas personas conlleva ciertas bonificaciones, y habran contado cada tipo de bonificación como un tipo de contrato.
todo para hacer parecer que la diferencia va a ser muy grande y que la reforma muy buena. algo huele a podrido.
"Quizás deberían plantearse que hasta ahora los únicos que han conseguido que ciudadanos como yo no descarguemos tanto, no han sido ni Sinde, ni Wert ni lo será Gallardón. Se llaman Spotify, Filmin y Steam."
Pues sinceramente, a mi no me parece bien esta portada. No se trata de que sea una hija de puta o no lo sea, sino de que me parece muy feo que un medio de comunicación lo haga. Lo veo más como un intento de llamar la atención para conseguir publicidad gratis.
Para mi, es totalmente distinto que la gente podamos pensar mal sobre determinadas personas e instituciones, y publicarlo o difundirlo a titulo de opinion personal en nuestro ámbito, que hacerlo en una revista. Yo no conocia esta revista, no se si es de tirada nacional o no. Supongo que será una revista cómica y de humor. Tampoco le veo mucha gracia a llamar a alguien hija de puta.
Solo he leído los comentarios destacados, y en todos se sorprenden de que se tenga que compensar a la SGAE.
Os explico: tenemos tratados internacionales de protecciòn de la propiedad intelectual donde se establece que los autores deberán ser compensados económicamente por aquellas copias que no perciban directamente ingresos.
Incluso por la copia privada. La copia privada NO es un derecho, es una excepción al derecho de los autores de explotar económicamente sus obras. Y se entiende que también tienen que ser compensados por ello. De ahí viene el antiguo canon, indiscriminado. Ahora es más indiscriminado aún, porque lo pagamos todos, no solo los que compremos CD's y demás dispositivos.
Así que el problema no es que tengamos que compensar a la SGAE. El problema es el MODO de compensar a la SGAE, que es una chapuza. Y, aunque salvaramos otro este problema, tenemos otro más gordo: no sabemos como reparte la SGAE el dinero entre sus socios, seguramente mal, así que eso también habría que cambiarlo.
Si alguien quiere ganar un poco de conocimiento en este tema, os dejo el enlace de un artículo que hice en mi blog.
El FMI pone condiciones porque es el organismo que nos ha prestado el dinero (y obviamente, lo quiere de vuelta). Nadie ha votado al FMI de nosotros, pero hemos votado a los gobernantes que han aceptado el dinero del FMI. ¿Y por qué hemos ido al FMI a por dinero? Porque es el único sitio que nos presta.
Estoy un poco harto de leer la falacia de #7 . Si alguien piensa que los Estados siguen siendo soberanos en el sentido del siglo XIX, es porque no sabe como es el mundo ya.
PD: este mensaje no está a favor del sistema económico mundial establecido. Un cambio profundo en el sistema donde la población tuviera voz y voto me parece clave para poder cambiar esto.
Esto son casos extremos. La justificación (que puedes compartir más o menos) a por qué los menores de 14 años no pueden ir a la cárcel (ser criminalmente responsables, en definitiva) es porque se considera que no es el mejor método de reeducarles y hacerles ver que eso está mal. Este tipo de casos no suponen que el chaval se vaya "de rositas", puesto que se pone en manos de la administración pública para que estudie su caso y imponga medidas "civiles" para su reeducación.
Estadísticamente son las circunstancias la que lleva a estos niños a delinquir, así que sacándolos de esas circunstancias, dejan de delinquir. No olvidemos que son un sector sensible de la sociedad y fácilmente reeducable.
Otra cosa es que las administraciones no hagan todo lo posible (muchas veces también por falta de recursos, o mala gestión de éstos) y sus medidas sean insuficientes, y conlleva que el menor siga su carrera delictiva. No creo que eso justifique (a mi modo de ver) que vayan a la cárcel).
Un profesor que tengo de Civil dice que tiene un amigo notario, y le dice el notario que "se nota la crisis" y que "no llega a fin de mes". Y es que, los españoles, vivimos por norma general por encima de nuestras posibilidades.
Cuando los jueces sentencian en contra de los políticos/banqueros no se dice nada, pero cuando van en contra de los ciudadanos, se les pone a parir. Sólo lo digo porque me resulta curioso.
Y encima el país dice que no encuentra la página deseada.
Muchas gracias a todos por el meneo. Estoy leyendo todas las opiniones y la verdad, estoy muy contento con el debate que se ha creado y que nos enriquece a todos. He hecho un comentario en mi blog, aclarando un poco mi propio post, para no ir a malentendidos; también intentando explicarme mejor. Lo copio y pego aquí, por si a alguien le interesa:
Este debate nos sirve para aprender a todos, a mí el primero. Quiero decir que me parece difícil explicarme, y nunca se me ha dado bien, por eso no salí a hablar en público, porque mis ideas estan muy desordenadas y no sé explicarlas bien si no las medito previamente muy bien.
Quiero hacer incapié en los dos tipos de propuestas que diferencio: las reglas que rigen el funcionamiento de nuestra democracia, una democracia funcional pero, como vemos, imperfecta. Desde el primer momento se pidió una democracia más participativa, donde se escuche al ciudadano: eso lo veo bien. Y yo creo que eso se debe hacer desde los procedimientos que ya el sistema prevé. Tenemos que insistir a nuestros políticos, los que tenemos y/o prefiramos, para que legislen conforme a nuestras peticiones. Se les debe pedir que cumplan sus funciones de manera honesta y responsable, y reducir a la mínima expresión la corrupción. Eso son cosas que son válidas y aplicables a cualquier político de cualquier signo ideológico. Y estamos abiertos a otro tipo de propuestas que cumplan esas características, porque cumpliéndose eso, los ciudadanos seguiremos unidos.
Por otro lado, están las propuestas de contenido, que no cambian las reglas por las que funciona nuestra democracia, si no que cambian las normas que se han creado a través de la democracia. Eso es el terreno en el que me parece que no tenemos que entrar.
Si me pedís mi opinión personal, yo soy el primero que está en contra de la reforma laboral, y del pensionazo, de la ley sinde, de modificar la ley hipotecaria, y todo. Pero también sé que hay gente que no lo ve así, porque al fin y al cabo conllevan una ideología y son normas fruto de la Democracia (pero no son las reglas que determinan el funcionamiento de la democracia). Por tanto, lo que yo no quiero es excluir a esa gente, ciudadanos como nosotros, y por eso veo bien en centrarnos en el acuerdo de mínimos. Y si este movimiento sirve para que la ciudadanía también incentive su participación en la vida política (y no lo limite a votar), pues me parece bien que vayan a la sede de su partido político y propongan y debatan cosas, o que constituyan un nuevo partido.
En fin, al final he escrito otro ladrillaco. Perdonad, pero mi capacidad de síntesis es reducida. Gracias y saludos a todos!
Yo creo que la finalidad de la acampada es lanzar un mensaje a TODOS los políticos, que reflexionen y que nos escuchen, que nos tengan en cuenta y que nos representen. Si lo que hacemos es tomar medidas políticas, nos polarizaremos, sectores de la población que no compartan dichas medidas no se sentirán identificadas con el movimiento.
Me parece bien que una gran parte del movimiento se identifique y creen su propio partido, o establezcan alguien a quien votar. Pero que lo hagan aparte, en otro sitio, porque la acampada no representa sólo sus intereses políticos. Representa toda la ciudadanía descontenta con la forma de hacer política en este país.
Pero si cuando la bajaron, bajó más de 2 puntos y las bajadas de hipotecas han sido MÍNIMAS. Y ahora, por subir 0.25 puntos, van a subir a casi más de como estaban antes?
Pero obviamente esto se hace para favorecer al contribuyente, de modo que si lo que pagas mediante estimación objetiva es mayor que lo que pagarías mediante estimación directa (simplificada o no), entonces puedes renunciar a los módulos. De hecho puedes renunciar a los módulos te perjudique o beneficie, depende de ti.
Cuando no hay trabajo prácticamente es mejor darse de baja como autónomo, y darte de alta cuando tengas las facturas y los pagos y cobros sean efectivamente realizados (criterio de caja para imputación de ingresos y gastos).