#103 Las corridas de toros andan faltas de argumento desde que el hombre tiene dos dedos de frente. Los que las defienden puede que tengan dedo y medio y no es insultar sino comparar.
#9 Hay una diferencia de matiz importante: Para ellos no son secuestrados, son prisioneros de guerra. Para ETA son secuestrados. No digo que uno sea más respetable que lo otro, pero hay diferencias de matiz importantes, que a veces cuando a uno se le calienta la boca (o los dedos) no tiene en cuenta. Lo de las FARC no es lucha contra el terrorismo, es una guerra, y a mi entender los presos de ambos bandos deberían ser tratados como tales.
PD: A todo esto, ayer hubiera sido el cumpleaños de Bobby Sands.
La noticia tiene bonificadores al karma por fuente esporádica, por haber pocas noticias de su misma categoría en portada en estos momentos y por ser noticia reciente (las noticias recién enviadas tienen más karma, este bono se pierde con el tiempo)
#45 Osea, que no puedes aportar nada más aparte de un titular de periódico con la palabra "blindar" y unos votos en el parlamento.
Ni sabes lo que significa ese término sensacionalista "blindaje" ni cómo se plasma en la realidad. A pesar de ello tienes la osadía de compararlo con las corridas de toros como si de lo mismo se tratara.
Que atrevida es la ignorancia.
Por cierto, sería absurdo que respondieras a mi comentario ya que lo he blindado.
#38 No te he pedido noticias sensacionalistas al respecto, sino los textos legales.
Ya te he citado al ley anterior que indica que los correbous están permitidos única y exclusivamente si el animal no sufre daños.
La frase "blindar los correbous" aplicada a la legislación anterior significa "blindar que los animales no sufran ningún daño" lo cual me parece perfectamente lícito.
De nuevo. Tienes alguna prueba de lo contrario ?
Y por favor no me cites mas fuentes de "información" de periolistos, que raramente tienen idea de lo que hablan.
#29 En Catalunya, desde 2003, se aplicaba esta norma al respecto a los correbous:
6.2 Quedan excluidas de estas prohibiciones:
[...]
2.Las fiestas con novillos sin muerte del animal (correbous) en las fechas y localidades donde tradicionalmente se celebran. En estos casos, está prohibido inferir daños a los animales.
Fuente: noticias.juridicas.com/base_datos/Derogadas/r1-ca-l22-2003.t1.html
Evidentemente la nueva legislación no amplía para nada la fiesta con novillos, lo que hace es añadir más controles veterinarios obligatorios para certificar el cumplimiento.
Como comprenderás no se puede equiparar una ley que dice explícitamente que "está prohibido inferir daños a los animales" con otra que permite hacer un espectáculo de su muerte.
Te reto a que me muestres el texto legislativo que, según tu comentario, blindó a los correbous.
Cuando lo busques te darás cuenta que en Catalunya lo único que se blindó fueron los derechos de los animales.
#45#46 Lo que pretendía decir es que, si yo veo una noticia que no me interesa, o una columna de algún escritor que no me gusta, simplemente paso de ella. No entro a quejarme. (De forma análoga, no entiendo ni comparto la justificación del voto irrelevante). Pero desde luego, cada uno es libre de hacer lo que quiera, faltaría más.
Por cierto, #46, después de 2 añitos por aquí, deberías saber ya que la flechita roja no es para hundir opiniones contrarias a la tuya, si no para limpiar comentarios que no aportan nada al debate ("troll, magufo, insulto", como bien pone cuando dejas el ratón encima).
"La gente tiene derecho a expresar su opinión, lo entiendas o no."