Viendo el revuelo que forma la ley de amnistía y preguntándome porque el gobierno se ha complicado tanto la vida por no usar el indulto, he querido informarme con una persona bastante ducha en el tema y, por si a alguien más le aclara algo, esta ha sido su respuesta:
"Simplificando", supone que el poder legislativo borre una decisión tomada por el poder judicial. En el indulto partimos de que hay delito pero lo perdonamos. Con la amnistía nunca ha habido delito.
Es cierto que esto puede darse simplemente con reformas del código penal que pueden llevar a la desaparición de delitos o modificarse su gravedad, o su pena. Pero partiendo siempre de la igualdad. Es decir, o es delito para todos, o no es delito para nadie. Con esta amnistía solo desaparecen los delitos cometidos en torno al procés.
Y volviendo a la separación de poderes, con la aprobacion de esta ley por la Cortes (poder legislativo) dice que los tribunales (poder judicial) dictaron mal su sentencia ya que en ese caso no había delito, y está impulsada por el gobierno (poder ejecutivo) a cambio de su investidura.
Por eso no parece que esté respetando la independencia del poder judicial ya que además, falla la igualdad de todos los españoles, y esta ley no da margen a que los jueces revisen las sentencias (como ha pasado por ejemplo con la ley del solo sí es sí), sino que impone directamente la amnistía.
Por si alguien estaba igual que yo.
Comentarios
Si alguien estaba igual que tú me temo que esa persona tan "ducha" no sirve de gran cosa, sólo repite las mismas simplezas que ya estamos aburridos de escuchar. No hace falta ser muy "ducho" para poner en duda lo que cuenta:
No se rompe ningún principio de igualdad, eso es una tontería. La amnistía se aplica a TODOS los españoles y cualquiera, sin ningún tipo de distinción, que haya cometido algún delito en torno al procés (usando tus palabras) podrá estar incluido en ella. Y cualquiera, sin ningún tipo de distinción, que cometa esos mismos delitos fuera del entorno de aplicación de la amnistía, podrá ser castigado de acuerdo a la ley.
Decir que la amnistía rompe la igualdad porque únicamente se aplica al procés es como decir que las desgravaciones del IRPF por hijos rompen la igualdad de los españoles porque sólo se aplican a quien tiene hijos. Es ridículo. O como tú mismo dices, cualquier reforma que empiece a castigar o deje de castigar algún delito rompería la igualdad porque tú ayer podías hacer "X" y yo hoy no, o al revés. ¡Ya no somos iguales! Pues no, tonterías.
Por cierto, al margen, quien se preocupe por igualdad tendría que recordar que los indultos se conceden discrecionalmente por el gobierno, de forma individual, por lo que puede que se concedan sólo a altos cargos. En cambio, una amnistía podrán disfrutarla todos, incluyendo a la gente corriente de la que nadie se acordaría a la hora de indultar y que realmente no ha hecho nada tan grave.
Sobre la separación de poderes: una ley de amnistía no dice que los tribunales hayan dictado mal ninguna sentencia, eso es una majadería y tu conocido el "ducho" tendría que mirárselo. Los tribunales dictaron sus sentencias conforme a la legislación vigente. Y ahora, si una nueva legislación dice que algo ya no es delictivo, pues no lo es y punto. Pero sin que eso implique que lo anterior estuviese "mal" sentenciado.
Porque esa, básicamente, es la función del legislativo: decirle a los jueces lo que deben hacer. Y, evidentemente, eso NO rompe la separación de poderes, eso ES la separación de poderes, que da hasta vergüenza tener que recordarlo.
Que una propuesta se haya pactado como parte de una investidura es de lo más habitual. En todas las investiduras sin mayoría absoluta se pactan acuerdos con otros grupos. Eso es la política y así es como debe funcionar, en base a pactos y acuerdos que consigan mayorías. Y que desde el ejecutivo se preparen proyectos de ley es LO NORMAL. Es un disparate decir que eso rompe la separación de poderes, por amor de Cthulhu.
Otra cosa, la amnistía no se "impone", a ver si cuidamos un poco más las palabras. La amnistía se lleva al Parlamento, se discute, se enmienda, se vota y se aprueba. O no, como todas las leyes. Y como todas, podrá ser recurrida al TC que decidirá si realmente es anticonstitucional. Así funciona eso que llamamos democracia, según la sacrosantísima Constitución que tanto importa a algunos, quizá quieras explicárselo a tu conocido el "ducho".
[Sigo en otro comentario, que el tocho empieza a ser ilegible]
#1 Y por último, hay un argumento bastante rotundo sobre que nuestra constitución no tiene nada en contra de las amnistías: estamos aplicando una sin ningún problema durante todo el régimen actual. La amnistía del 77, esa que no sólo se aplicaba a disidentes políticos injustamente perseguidos por la dictadura, sino que también ha hecho imposible perseguir y condenar los crímenes del franquismo, incluidas torturas, asesinatos, robos de niños o crímenes de lesa humanidad.
Por ejemplo, nadie con la bandera de España puesta de capa ha protestado porque la del 77 rompa la igualdad, a pesar de que ahora tú no puedes torturar impunemente a alguien mientras que un franquista sí pudo hacerlo. Que injusto y que desigual, ¿no? ¿O ya empezamos a ver lo ridículo que suena eso?
Y tampoco hemos visto manifestaciones de los anti-amnistía contra la ruptura de la independencia judicial por impedir que los jueces investiguen y juzguen crímenes en la infame DGS franquista, por ejemplo, con su tendencia a que la gente se les cayera por la ventana. Quizá les parece bien que los jueces no sean tan independientes. O quizá es que los jueces están para hacer cumplir las leyes que apruebe el legislativo, les gusten o no, y la independencia judicial se rompe más por culpa de okupas como los del CGPJ que por las amnistías.
Es más, no sólo no ha habido ningún intento serio de derogar la amnistía del 77, no sólo lleva cuarenta y tantos años impidiendo que se juzguen los crímenes franquistas y no sólo se aplica sin problemas con la Constitución (ni con la igualdad ni con la separación de poderes), sino que quienes más atacan el actual proyecto son los que más defienden aquella, llegando incluso a decir que lo anticonstitucional sería derogarla
¿Y ahora me vienen a contar que las amnistías son anticonstitucionales? ¡Venga ya! A ver si va a resultar que el problema no es la amnistía sino los antidemócratas que, como leí hace poco por aquí, tienen muy mal perder.
PD: siento el tochazo, por partida doble además, pero es que lo de la amnistía ya me...
#2 pues muchas gracias por tu aportación. Yo no sé demasiado de derecho y por eso voy buscando informarme. Tiene sentido lo que comentas.
Y gracias por el tocho, es aclaratorio.
#3 Gracias a ti por el buen talante.
#2 Poco rotundo es ese argumento que presentas, cuando la ley de amnistía es de octubre de 1977 y la Constitución se aprobó más de un año después, en diciembre 1978. Esa amnistía se produce antes del régimen constitucional, y por tanto no es ejemplo de una anterior amnistía soportada por esta Constitución. Otra cosa es que con la actual Constitución no se haya revisado tal amnistía.
Por otro lado, la amnistía que ahora se propone sí afecta a sentencias o acusaciones a partir de delitos vigentes hoy en día y que no han sido eliminados de la legislación actual, véase los delitos de resistencia a la autoridad como ejemplos. No parece por tanto descabellado que al menos se genere un debate sobre si una amnistía que elimina penas o acusaciones para delitos vigentes hoy en nuestra legislación es una intromisión del gobierno en el poder judicial: una amnistía se define como una medida por la que se garantiza jurídicamente que se exime a una o un grupo de personas de su responsabilidad penal, y que por tanto supone la desaparición penal del delito por parte de los amnistiados (cosa muy diferente a un indulto): existiendo un tipo de delito vigente en la legislación, el legislativo estaría coartando al judicial la posibilidad de enjuiciar. Implica necesariamente y de inmediato truncar el proceso judicial y penal. Que toda la judicatura y asociaciones de jueces, todas, tanto progresistas como conservadoras, han advertido en este sentido sobre esto es ejemplo claro de que este debate no es nada descabellado.
Ojo, yo con esto no estoy aquí opinando sobre si resulta en una intromisión o no en el poder judicial (no lo sé), ni siquiera sobre la amnistía es sí misma, sólo digo que el debate entorno al asunto no es nada descabellado, como parece que en tu mensaje #1 o #2 pretendes presentar.
CC: #0
#4 muy buena aportación, gracias. ¿Por qué no han utilizado el indulto?
#5 Imagino (pero esto ya son suposiciones) que en la negociación Junts pedía amnistía y no indulto, para evitar ser juzgados previamente. Por otro lado, comiéndose el PSOE el a principio de la legislatura, se gana más tiempo para gestionarlo. Además, una amnistía tiene un carácter político más potente para el amnistiado que un indulto, al fin y al cabo un indulto es la gracia por la cual se anula una pena impuesta, "perdona" la pena pero reconoce y mantiene el acto de delito, mientras una amnistía es una garantía jurídica por la que se exime de responsabilidad penal, desapareciendo el delito cometido.
#5 Entiendo que porque el indulto tiene la capacidad de purgar el delito en sí mismo y no sólo la pena, de tal manera que limpia los antecedentes penales.
El indulto dice "el delito queda perdonado", mientras que la amnistía lo que dice es "lo que hubo no tendría que ser considerado delito".
#4 ¿Se puede revisar una amnistía que viene de un marco jurídico anterior? Sinceramente lo dudo, y en todo caso, lo colaron como un pack indivisible.
#7 Diría que no se puede, pero no lo sé... Y como bien indicas, menos aún cuando viene todo junto en el pack.
#7 Que venga de un marco anterior no impide que se pueda revisar o derogar. No creerás que estamos cargando con fósiles jurídicos de regímenes anteriores al nuestro sin que puedan modificarse, ¿no?
Y por cierto, ¿en qué pack indivisible está incluida la amnistía del 77?
cc #9
#15 Sí y no, no es asbolutamente imposible, pero en general sí, cargamos con muchos fósiles jurídicos que es complicado cambiar. De hecho esto es curioso porque hay muchas cosas que en otros sistemas jurídicos se legislan o se contemplan de forma muy diferente y eso depende mucho de su tradición jurídica.
Personalmente, diría que no es posible, depende cuantas patadas consideres que puedes darle a un marco jurídico, y que eso cuele. Si es por eso, hasta puedes usar la democracia para anular la democracia y declarar una monarquía autoritaria...
#7 Muchas leyes (o partes de leyes) anteriores a 1978 han sido declaradas inconstitucionales y apartadas del Ordenamiento Jurídico. Por ejemplo la normativa vigente que regula la huelga es preconstitucional y fue purgada de artículos inconstitucionales por el Tribunal Constitucional, recurso de inconstitucionalidad mediante.
#25 No tiene absolutamente nada que ver, me has contestado lo obvio, además la jurisprudencia general es que las leyes no son retroactivas. En serio me cuentas que las leyes cambian?
#27 no te hablo de cambiar leyes sino de declarar su inconstitucionalidad. Son cosas conceptualmente muy distintas. Además, las leyes inconstitucionales son nulas ex tunc (desde siempre).
#28 Solo te diré buena suerte, ya me contarás como te va.
#29 Espero que me vaya bien, gracias. Suerte a ti también, y salud.
El caso es que toda la normativa, sea anterior o posterior a 1978, tiene que pasar por el filtro de la constitucionalidad.
#30 De hecho lo que dices es un razonamiento circular, y por cierto, si no se ha derogado ya será porque es constitucional. En todo caso, mantengo lo de suerte, y tampoco soy irónico con ello, simplemente pienso que el movimiento se desmuestar andando, yo no lo creo, pero vamos, hasta te apoyaría.
#31 "si no se ha derogado ya será porque es constitucional":
Eso es, lo que me levanta la sospecha de que ha habido algún malentendido en algún momento porque nunca he defendido lo contrario.
Por lo demás, yo tampoco pretendía ser irónico.
#4 Que sea anterior a la Constitución es irrelevante a efectos de lo que estamos comentando, lo significativo es que sigue aplicándose sin problemas de constitucionalidad. Si las amnistías fuesen inconstitucionales, o rompiesen los principios de igualdad o separación de poderes, la del 77 no sería aplicable, como otras leyes anteriores al actual régimen, incluso aunque ni siquiera fuese explícitamente derogada.
Y por supuesto que aquella amnistía afecta a delitos vigentes hoy en día. Delitos especialmente graves, además, como asesinatos o torturas, que los jueces no han podido no ya juzgar sino ni siquiera investigar. ¿Ya nos hemos olvidado de lo que le pasó a Baltasar Garzón por intentarlo? Si ahí no había problemas de independencia judicial, ¿por qué ahora sí debería haberlos, cuando ni siquiera estamos hablando de crímenes de lesa humanidad?
>> [...] el legislativo estaría coartando al judicial la posibilidad de enjuiciar. Implica necesariamente y de inmediato truncar el proceso judicial y penal.
Que el legislativo "coarte" al judicial la posibilidad de enjuiciar algo no es nuevo, esa es una de sus funciones. Cada vez que se modifica una ley el legislativo puede "truncar" sin ningún problema lo que los jueces pueden juzgar o no, así de fácil. Insisto, eso no rompe la separación de poderes, eso ES la separación de poderes.
>> [...] el debate entorno al asunto no es nada descabellado, como parece que en tu mensaje #1 o #2 pretendes presentar.
Si te parece eso es que debo haberme expresado fatal. No me molesta el debate (y de hecho creo haber aportado alguna cosa al mismo) sino la pobreza de los argumentos y la manipulación. Empecé a leer esperando ver algo interesante de alguien presentado como "ducho" en el tema y sólo he visto las mismas afirmaciones insustanciales y contradictorias que se están repitiendo machaconamente, hasta la saciedad, por políticos y medios.
Precisamente estoy tratando de debatir frente a eso. Para que te des cuenta de hasta que punto está viciado el tema: tú mismo dices que las amnistías las aprueba el poder legislativo, correcto, pero entonces es absurdo plantearlo como "una intromisión del gobierno en el poder judicial", como haces tres líneas más arriba. Ese es el marco mental, interesado, que nos está permeando a todos sin que nos demos cuenta. Eso es un problema. Y serio.
Un argumento interesante podría ser que alguien "ducho" explicase por qué en el ordenamiento europeo no hay nada en contra de las amnistías, si tan perjudiciales son para la igualdad y la separación de poderes. O cómo nuestros vecinos más cercanos, incluyendo democracias tan consolidadas como la británica y la francesa, las han aprobado sin que se les "rompa" el país ni la constitución.
Pero eso no lo estamos viendo, al menos no entre los que se oponen a esta amnistía.
#12 Que la Constitución actual no anule una amnistía promulgada anteriormente a su fecha de puesta en marcha no es prueba de que la actual Constitución permita promulgar, ya bajo su régimen, una amnistía. Son cosas diferentes. Insisto en que yo no sé si la amnistía que ahora se debate es constitucional o no (personalmente, no termino de ver por qué no puede ser constitucional), pero el argumento de su constitucionalidad por la amnistía al franquismo del 77, anterior a la Constitución, creo que es débil, y no sólo por esta razón.
"Cada vez que se modifica una ley el legislativo puede "truncar" sin ningún problema lo que los jueces pueden juzgar o no"
Tampoco es lo mismo: una cosa es que se realicen cambios legislativos que anulen ciertos delitos tipificados en la legislación. Existía un delito penal que se juzgaba, y a partir de que se promulga una nueva ley que anula ese delito, se deja de juzgar. Ese es el funcionamiento normal. Lo que es muy diferente, y excepcional, es una amnistía que garantice jurídicamente que delitos que seguirán siendo vigentes en el código penal se dejen de aplicar en función al objetivo, momento o proceso por el que se realizaron. Hablando en plata, se está diciendo: va a seguir siendo delito la malversación (por ejemplo), de la que ustedes están acusados o condenados, pero a ustedes, por haberla realizado bajo la sombra "del procés" , les garantizamos mediante esta amnistía que no van a ser juzgados. Como ves algo muy diferente a derogar ciertos tipos de delito por cambios legislativos. Por esto, y por lo que comento más abajo, se dice que con la amnistía no permitiría al judicial juzgar tipos que van a seguir siendo vigentes en la legislación.
"tú mismo dices que las amnistías las aprueba el poder legislativo, correcto, pero entonces es absurdo plantearlo como "una intromisión del gobierno en el poder judicial", como haces tres líneas más arriba."
El principal argumento por parte de la judicatura para acusar de intromisión al gobierno en este asunto no va por ahí (otra cosa es lo que digan los medios alguna asociación de jueces afines al PP), sino por lo siguiente: el PSOE aceptó mencionar en el acuerdo firmado con Junts un supuesto "lawfare" o "juicio político" al procés. Una acusación casi directa al judicial. Esto es lo que ha puesto a toda la judicatura en pie, incluso afines al PSOE. Porque más allá de que esto sea cierto o no, promulgar una amnistía que nace de un acuerdo en el que se acusa de "lawfare" a la judicatura, puede ser entendido como una enmienda a las decisiones del judicial. Por eso, más allá de los que digan que el legislativo no tiene potestad para una ley de amnistía (coño, y si no la tiene el legislativo, ¿quién entonces?), y de lso que dicen que no es constitucional (cosa que habrá que resolver), los jueces, asociaciones y demás acusan de intromisión al gobierno, pues entienden que se trata de una amnistía que pretende corregir decisiones judiciales.
"Si te parece eso es que debo haberme expresado fatal" -> Entonces soy yo quien te pide disculpas aquí.
#17 >> Que la Constitución actual no anule una amnistía promulgada anteriormente a su fecha de puesta en marcha no es prueba de que la actual Constitución permita promulgar, ya bajo su régimen, una amnistía. Son cosas diferentes.
Por supuesto que son diferentes, pero es que yo no he dicho eso ni es a lo que respondía. Se criticaba que la amnistía tiene efectos que, supuestamente, van en contra de principios democráticos y constitucionales como la independencia judicial y la igualdad ante la ley. Pues bien, resulta que a la vez se defiende otra amnistía con efectos idénticos sin que, supuestamente, haya ningún problema de encaje constitucional, ni con la independencia ni con la igualdad. Y eso que ésta incluye crímenes más graves. A eso es a lo que yo estaba respondiendo en el sentido de que si los efectos son aceptables y constitucionales en la una, forzosamente habrán de serlo también en la otra.
Cuestión distinta es la de si nuestra actual Constitución permite promulgar una amnistía. El argumento aquí también cambia: por lo que yo he visto se basa en que la Constitución no permite expresamente las amnistías y por tanto no podría aprobarse. Personalmente me parece absurdo, hay multitud de cuestiones que no se mencionan y sería ridículo considerarlas inconstitucionales sólo por ello. Es más, algo así nos impediría avanzar como país en temas que van a ir surgiendo a medida que transcurra el tiempo.
El legislador decidió que la Constitución prohibiese los indultos generales, por ejemplo, y así se refleja expresamente, pero también decidió no incluir una prohibición de las amnistías, por lo que es evidente que no quiso impedirlas. No hay mucho más, en mi opinión.
>> [...] Lo que es muy diferente, y excepcional, es una amnistía que garantice jurídicamente que delitos que seguirán siendo vigentes en el código penal se dejen de aplicar en función al objetivo, momento o proceso por el que se realizaron.
¿Por qué? Los delitos pueden variar dependiendo de muchas circunstancias. Una ley hace que hoy un delito deje de serlo, y mañana una ley distinta hace que el mismo hecho vuelva a ser delictivo sin ningún problema. El homicidio es un crimen terrible, pero hacerlo para defender tu propia vida elimina completamente el delito. El asesinato siempre es delictivo, excepto en una guerra y contra combatientes enemigos, donde no sólo no es ilegal sino que se transforma en un deber. La policía puede utilizar la violencia legalmente en circunstancias que serían ilegales para los demás ciudadanos...
Que las leyes cambien la gradación de los delitos, o incluso la consideración de si un hecho es delictivo o no, atendiendo a criterios diversos no es nada nuevo, ni tan excepcional. A priori no veo problema en que una ley de amnistía, atendiendo a las circunstancias que decida el legislador, deje de considerar delito un hecho que en otros casos continuará siéndolo. Y a los jueces les tocará aceptar lo que diga el legislador y atender a esas circunstancias, exactamente igual que en otros supuestos, que para eso están.
Pero además, reitero, ya estamos haciendo exactamente eso con la amnistía del 77 sin que aparentemente haya problemas con la separación de poderes. Y también lo han hecho otros países democráticos sin que pase nada.
>> [...] el PSOE aceptó mencionar en el acuerdo firmado con Junts un supuesto "lawfare" o "juicio político" al procés. Una acusación casi directa al judicial. Esto es lo que ha puesto a toda la judicatura en pie,
Pues me vas a perdonar, pero ese sí que me parece un argumento débil. Primero porque no es el gobierno sino partidos políticos, y tienen derecho a criticar todo lo que consideren conveniente, incluido el poder judicial. Faltaría más.
Segundo, porque es vergonzoso que otros no puedan criticarles pero ellos sí hagan críticas desde la judicatura, y con un poquito menos de legitimidad, que queda feo lo de que los jueces se metan tanto en política.
Y tercero, porque quizá la judicatura tendría que empezar a escuchar las críticas. Lo del lawfare y los jueces haciendo política desde dentro de sus togas ya es bochornoso, por mucho que sigan haciendo oídos sordos al tema. Y no sólo con el procés, seguro que no necesito dar ejemplos. Es más, el caso más escandaloso contra la separación de poderes lo protagonizó el propio TC contra el Senado, impidiéndoles debatir una proposición de ley hace ya casi un año.
Por lo demás, no tienes nada de que disculparte. Precisamente estamos debatiendo y es normal tener que aclarar lo que uno ha dicho. Y por supuesto, al final veremos qué es lo que se aprueba y el TC dirá si es constitucional o no, pero nada de eso va a cambiar mucho nuestras vidas.
#2 La amnistía del 77 es anterior a la Constitución del 78.
#1 Solo diré que el argumento de "todos iguales" es más que dicutible es como cuando la constitución dice que castigar en función del sexo respeta ese principio de igualdad. Se puede prestar para muchos absurdos.
#8 Sí, el "todos iguales" no sólo se puede prestar a muchos absurdos sino que es exactamente lo que están haciendo.
Yo veo que el indulto es más lesivo contra la autonomía judicial, ya que el indulto consiste en sobreseer efectivamente una decisión judicial. Sin embargo la amnistía podemos verla desde la perspectiva de que no es más que una ley que despenaliza con efectos retroactivos una conducta que estaba penada, habiendo concurrido determinadas circunstancias. Esto no va contra la separación de poderes, si acaso contra un principio rígido de igualdad ante la ley, pero podría argumentarse que el principio de igualdad está matizado en nuestro ordenamiento jurídico por el principio de equidad.
Todo lo anterior no justifica que nos mientan y nos tomen el pelo, pero parece que a eso ya nos hemos acostumbrado y tenemos que andar buscando tres pies a los gatos.
no se puede vulnerar lo que no existe
Personalmente no lo veo así, al final cada poder tiene su margen de maniobra, y reformar las leyes e incluso la constitución es justamente potestad del legislativo. Sí, es raro, siempre se podría hacer una ley para hacer lo que quieras que sea que no te deje un juez, y en definitiva si cumple los cauces legales es legal...
Es mejorable, deseable, etc, es otro tema. Esto me recuerdo a un debate recurrente que tengo con algún otro meneante, al final la legalidad vigente es la legalidad vigente. Y si quieres que algo sea constitucional, legal, o deje de serlo, pues se cambia por medios legales.
Entiendo que cada uno tenga en su mente una filosofía sobre lo que se le debería permitir a cada "poder", eso lo puedo compartir, pero también es bastante opinable, de hecho, hasta es opinable que haya separación de poderes cuando uno de ellos elige al otro.
#6 siguiendo con algo de lo que comentas, y aunque sea una digresión sobre el tema del que trata el artículo:
"De las tres potestades de que hemos hablado, la de juzgar es en cierto modo nula. Quedan pues dos solamente…” (El Espíritu de las Leyes, Montesquieu)
Ni el francesito se creía, en el fondo, la separación de los tres poderes y el judicial como uno de ellos... Y alguno te diría que el único poder es el que se puede demostrar materialmente, o sea, el ejecutivo...
Yo siempre digo que lo religioso es sagrado, pero no todo lo sagrado es religioso. Y es que la idea de la separación de los tres poderes, o al menos la forma en la que se suele presentar esta, encierra cierto carácter metafísico, que no referencia a ninguna realidad conocida, sino a un ideal de supuesta perfección. Podemos hablar de estados donde esta separación sea más o menos efectiva, de los evidentes problemas derivados de que estas tres funciones se concentren... pero tal y como se suele presentar no creo que se haya dado nunca.
Cabe preguntarnos hasta que grado podemos decir que unos supuestos poderes que resultarían en que constituyen el "Estado de Derecho" están separados, cuando justo es su codeterminación lo que constituye tal Estado. Es confuso utilizar la palabra "separación", más aun cuando esta se entiende, como muchas veces se hace, por algo así como "indepedencia" (frases tipo "la independencia de los jueces debe ser respetada" son escuchadas todos los días en la prensa y en boca de los políticos) para unos poderes que no se entienden unos sin otros: no puede existir un poder judicial sin un poder ejecutivo o sin un poder legislativo (combine en esta última frase las tres opciones en el orden que quiera): el judicial debe obedecer al legislativo, este y el ejecutivo también al judicial, a la vez que el judicial y el legislativo sin el ejecutivo no serían nada y etc., cosa que demuestra que de independientes tienen poco.
Aquí, y esto es una cuestión repetida en muy diferentes ámbitos, de una distinción metódica que nos permite trabajar con ella intelectualmente, se pasa en algún momento a entenderla como una distinción orgánica . Se ha vuelto tan sagrada esta idea de los tres poderes que, haciendo una extrapolación y siguiendo con lo orgánico, resulta tan delirante como pudiera ser hacer una distinción de algún órgano de un ser vivo frente al resto de órganos, para a partir de aquí y en algún momento presentar tal órgano como independiente.
Por otro lado, diría que debe existir en cierto grado una coordinación entre estos poderes para que, justo ese Estado que depende de la codeterminación de esos poderes, no se deshaga. Es necesario que el parlamento, y en especial el gobierno, tengan cierto grado de participación en ciertos órganos judiciales, si no se quiere entrar en un bloqueo institucional. Porque ciertas decisiones que los órganos de mando del judicial deben tomar, resulta que también son en ocasiones de índole política, no solo técnicas (por ejemplo, ¿cómo interpreta la justicia ciertas realidades que no se han contemplado en la legislación y otros marcos jurídicos?). Pero claro, aquí ser capaces de encontrar el modo de hacerlo sin abrir la puerta a abusos parece difícil.
Bueno, el asunto es muy complejo...
Duda, que podria ser o no ser absurda, pero es una duda curiosa.
Si mañana cometo un delito de cualquier tipo (violacion, robo, asesinato...) pero digo que lo he hecho "por la independencia de cataluña" desde el punto de vista de la ley de amnistia, no seria delito, ¿no?
Repito, es una curiosidad, por muy burda que sea. A ver si algun "ejperto" en leyes me puede responder con detalle, por favor.
#16 Para evitar ese tipo de abusos o interpretaciones capciosas hay un límite temporal respecto al momento en que se produjeron las actuaciones que se podrán amnistiar con esta ley (del 1 de enero de 2012 al 13 de noviembre de 2023).
A estas alturas es obvio que el PSOE está de acuerdo con la fragmentación de España si el precio es 4 años de salario.
Para nosotros los unionistas, esto es una traición.
Sabiendo lo que ahora, yo no le hubiera votado.