La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha acordado a través de un auto denegar la ratificación judicial de la medida recogida en la orden del 5 de agosto consistente en limitar el acceso al interior de los establecimientos de esparcimiento y de hostelería con música a aquellas personas que puedan acreditar estar en posesión del certificado covid, acreditación de PCR o
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