El fallo es claro: “En resumidas cuentas, este Tribunal no tiene dudas de que por parte de alguna autoridad no identificada de la Consejería de Educación se impartieron órdenes a través del llamémosle conducto oficial (Presidencias de las Comisiones de Selección hasta presidentes de tribunales) que exigían la limitación del número de plazas por tribunal. Número que venía a coincidir con el cociente resultante de las plazas convocadas para cada especialidad y el número de tribunales existentes”.
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