El auto del TSJA establece que el realojo estuvo "inducido por el mandato judicial de proveer lo necesario para el realojo de familias con menores o en riesgo de exclusión social", y agrega que las resoluciones administrativas que le han dado cobertura "no están inspiradas por una finalidad arbitraria o injusta, sino por la necesidad de atender a una situación urgente, por mandato judicial".
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