El pasado mes de diciembre, el Gobierno presentaba un nuevo real decreto que permitía que la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) no tuviese que reconocer en sus cuentas las pérdidas latentes por la caída del valor de los activos en su balance. Ahora, el círculo se cierra con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la modificación de la circular del Banco de España que adopta esta normativa.
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