En un fallo emitido el 28 de agosto de 2014, el Comité de Derechos Humanos determinó que las autoridades españolas no evaluaron correctamente el riesgo de tortura al Sr. Aarrass, y por extraditarlo, España violó el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y los Derechos Políticos, que establece que "nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes."
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