El TSJC subraya que la “sentencia de instancia anuló el decreto recurrido con un argumento difícilmente cuestionable” y recuerda que “la cobertura de los puestos de trabajo del Ayuntamiento debe efectuarse mediante la convocatoria del preceptivo concurso de traslados, bajo los principios de publicidad, mérito y capacidad. No se ha acreditado la concurrencia de razones urgentes e inaplazables que impidieran acudir a este sistema de cobertura y, en cualquier caso, ni siquiera en los supuestos de urgencia puede soslayarse a acudir a otros...
|
etiquetas: policía local , tenerife , santa cruz , ayuntamiento
La dedocracia,ese mérito tan añejo...
Políticos y funcionarios mafiosos? No creo yo...
Esto no es nada, una raya más para el tigre. Aquí el caciquismo sigue vigente, las autoridades siguen haciendo lo que les da la gana. Instituciones podridas es lo que tenemos.