Las capitulaciones matrimoniales son un pacto que se establece entre los cónyuges, antes o durante el matrimonio con el fin de ordenar su régimen económico matrimonial. Si no existe estipulación, se aplica a la pareja el régimen económico que corresponde a la legislación de su comunidad autónoma, que en las de régimen común es el de gananciales y en las que poseen Derecho foral o especial es el que establece su normativa civil propia, como es el caso de Cataluña y Baleares, donde se aplica por defecto el régimen de separación de bienes.
|
etiquetas: parejas , separación , bienes , matrimonio