La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha autorizado por un periodo de cuarenta días la medida de exhibición del certificado Covid para el acceso a zonas interiores e instalaciones cubiertas donde esté autorizada la venta y consumo de bebidas. Entienden que es adecuada por cuanto la medida se impone en lugares donde está autorizada la venta y/o consumo de bebidas o comidas por el “mayor riesgo de trasmisión que esta situación genera en cuanto incompatible con el uso de la mascarilla”.
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