El Supremo ha anulado una sentencia de la Audiencia de Orense que revisó la custodia compartida sobre dos niños sin antes haberles escuchado, lo que no respetó el interés del menor, prioritario en estos casos. El alto tribunal recuerda en su sentencia que "cuando la edad y madurez del menor hagan presumir que tiene suficiente juicio y, en todo caso, los mayores de 12 años, habrán de ser oídos en los procedimientos judiciales en los que se resuelva sobre su guarda y custodia". La opinión de los menores debe ser tenida en cuenta.
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