Una financiera de Necochea, Tasa SA, demandó a una mujer por una deuda y consiguió que le embargaran una TV, un PC y una Playstation. Sin embargo, la Cámara de Apelación de esa localidad revocó la autorización de venta de esos bienes no sólo por considerarlo esencial (“satisface necesidades peculiares dedicadas a la cultura y esparcimiento”), sino porque embargarlo vulneraría los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño, como por ejemplo, la prohibición de que los niños sean castigados por las actividades de sus padres.
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