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El Supremo fija criterio sobre los márgenes de error de los radares de tráfico

Confirma la condena penal a un conductor grabado a 214 kilómetros por hora al aplicarle un margen del 5 y no del 7 por ciento. La Sala de lo Penal ha establecido que los radares móviles de tráfico que realizan la medición de la velocidad desde una ubicación fija, en trípodes o en coches parados, tienen un margen de error del 5% y no del 7%, por lo que atribuye a este tipo de dispositivos el mismo porcentaje que a los fijos.

| etiquetas: supremo , radar tráfico , margen error
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