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El Supremo avala la limitación de movimientos del estado de alarma: prevalece el "derecho a la vida"

El Supremo avala la limitación de movimientos del estado de alarma: prevalece el "derecho a la vida"

El Tribunal Supremo ha decidido no suspender de forma cautelar las normas del Gobierno para que los niños puedan dar paseos siguiendo la norma de una hora y un kilómetro de distancia: los jueces han rechazado la petición de medidas cautelares del abogado Curro Nicolau explicando en su auto que derechos "como el de la integridad física y el derecho a la vida" son "prevalentes y superiores a la libertad de circulación o de reunión". El letrado valenciano, socio del despacho Tecnourban, recurrió hace unas semanas el decreto que imponía el…

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