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Sólo los pensionistas que viven en el extranjero tienen que presentar un certificado de fe de vida para su pensión

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aclara que únicamente los pensionistas que residen en el extranjero están obligados a presentar el certificado de fe de vida para seguir percibiendo su pensión. Como todos los años, deben hacerlo dentro del primer trimestre. Esta acreditación consiste en remitir una fe de vida, que pueden obtener mediante acta notarial de presencia o compareciendo ante los encargados de los Registros Civiles Consulares, o también se expiden en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Segur

| etiquetas: pensionistas , fe de vida , certificado

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