El artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social de 2015 reconoció en su redacción original un complemento por maternidad a las mujeres que cumplieran determinados requisitos. Una disposición que entró en vigor en enero de 2016. Esta ley fue recurrida por discriminatoria y el tribunal europeo de justicia se opuso a que se negara a los hombres dicho complemento. A las pensionistas que lo solicitan se les concede automáticamente, en cambio a lo hombres se les deniega obligandoles a reclamarlo judicialmente y ganarlo en los tribunales.
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