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Las quejas por las 'revolving' crecen un 210% y el BdE recurre a Indra y Deloitte

El pasado mes de marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avalaba la doctrina del Tribunal Supremo -ver sentencia- para anular los contratos con tarjetas 'revolving', un producto financiero que contempla en la mayoría de los casos unos intereses usurarios, una letra pequeña incomprensible para los clientes e, incluso, no presentan la información imprescindible. El auto del Tribunal europeo, del 25 de marzo, -ver resolución- dejaba claro que la directiva sobre contratos de créditos al consumo no se opone a la normativa española

| etiquetas: revolving , deudas , tarjetas
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