El cambio legal entró en vigor este mes; los jueces podrán autorizar excepciones. Los juzgados han empezado a aplicar este mes una modificación del Código Civil, aprobada en junio, por la que a los padres o madres que estén incursos en un procedimiento penal por violencia doméstica o por violencia machista no se les concederá régimen de visitas a los hijos que tengan en común con la presunta víctima. Si ya lo había, se suspenderá.
|
etiquetas: violencia , género , doméstica , visitas , progenitores