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Sentencia sobre publicidad sexista

La Audiencia Provincial de Valencia, Sec. 9ª, estimando los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y la Generalitat Valenciana, ha declarado, en Sentencia n. 892/2016, de 17 de octubre de 2016, que la publicidad realizada por una empresa cementera en su página web, presentando figuras femeninas en sacos de cemento y morteros es ilícita. Acuerda, asimismo, que debe ser suprimida la figura femenina y condena a la demandada a cesar dicha campaña publicitaria.

| etiquetas: sexismo , publicidad , jurisprudencia , cementera

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