la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) no solo prohíba indirectamente las quitas de la deuda autonómica, proclamando que cada comunidad debe velar por su propio equilibrio financiero. Su disposición adicional octava, apartado 1, va mucho más allá: “Las deudas líquidas, vencidas y exigibles contraídas a favor de la Hacienda Pública por las Comunidades Autónomas […] podrán ser objeto de deducción o retención sobre los importes satisfechos por todos los recursos del sistema de financiación”. Incluso el apartado 2 ...
|
etiquetas: comunidades , finannciación