Una jueza de Barcelona ha anulado el protocolo de la Generalitat que impide a las empresas suministradoras cortar la luz a las personas vulnerables sin informe previo de los servicios sociales, al entender que no está previsto en ninguna norma ni reglamento ni ha sido suscrito por las compañías suministradoras. En su sentencia, el juzgado contencioso-administrativo número 2 de Barcelona estima el recurso interpuesto por Endesa contra el protocolo de pobreza energética aprobado en 2015.
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