Un empresario simula que se jubila para despedir a un empleado y meses después vuelve a darse de alta como autónomo desarrollando la misma actividad comercial. El despido ha sido finalmente declarado como improcedente.
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etiquetas: indemnización , despido improcedente , jubilación
El señor miserabilílílísimo (y me contengo)
Cuando digo que no se considera despido me refiero al típico despido con X días de indeminacion por año y tal (sean más o menos)
Es el caso del típico fontanero o señor con una tienda y un empleado. Si es autónomo, ojo. Si es una sociedad anónima no (ejemplo exagerado para que se entienda)
Aquí puedes ver los matices www.campmanyabogados.com/blog/despido-por-jubilacion-del-empresario-re
Más vale que el denunciado cargue también con las costas, porque si no al denunciante se le va a ir todo el dinero en el abogado...
Algo asi como : Costas del proceso + sanción económica + indemnización al empleado
Las trabajadoras de la tienda pidieron quedarse con el negocio y seguir como siempre pasandole una parte de los beneficios al antiguo propietario pero sin que tenga que trabajar.
El propietario les dijo que, desgraciadamente, su jubilación dependía de vender el local de la tienda, situada en una buena calle comercial de Barcelona, por lo que iba a cerrar el negocio.
Me dió mucha pena por las empleadas, ya mayores pero no tanto como para jubilarse, que se van a quedar en la calle sin ni siquiera una indemnización.
No es el mismo caso, pero me da cosa que por el hecho de jubilarse el patrón ellas se queden sin nada.
Pero por otro lado...le cesan en 2020 y no sale la sentencia definitiva hasta 2024....
Lo que no entiendo es como no lo han declarado nulo el despido, eso sí que habría sido un buen escarnio después de 4 años de juicios.
* El calificativo arriba expresado es una opinión infundada y prejuiciosa del autor del comentario. Cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia.