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La exención del pago del impuesto al sol a todos los pequeños autoconsumidores sigue vigente

En tanto no sean aprobados los cargos asociados a los costes del sistema, seguirá de aplicación al autoconsumo el régimen económico transitorio en virtud de la disposición transitoria primera.1 del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, que establece en su apartado 3. a) que “los consumidores acogidos a la modalidad de autoconsumo tipo 1 conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kW estarán exentos del pago del cargo transitorio por energía autoconsumida previsto en este apartado”.

| etiquetas: impuesto al sol , autoconsumo , sector eléctrico
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