En un país que se califica a sí mismo de “Estado social y democrático de Derecho”, no puede haber conductas de cargos o empleados públicos que no sean éticas pero que sean, a la vez, lícitas. Porque afirmar tal cosa supondría que el contenido ético de nuestro Derecho, en relación con la conducta de los cargos y funcionarios públicos no estaría en los más altos estándares de exigencia que un país desarrollado debe imponer a éstos.
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