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El estado de alarma suspende los plazos procesales y administrativos, entre ellos los de las multas

El estado de alarma decretado por el Gobierno con el objetivo de frenar la expansión del coronavirus, que ha contagiado a miles de personas en España, determina la suspensión de los plazos para cuestiones procesales, administrativas y con ello los que hagan referencia a multas. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en el que finalice esta nueva situación en la que va a entrar el país a partir del lunes. Inicialmente las medidas tienen una vigencia de quince días, pero podrían prorrogarse.

| etiquetas: estado de alarma , plazos procesales , plazos administrativos , multas

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