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Una empresa deberá indemnizar con 20.000 euros a un trabajador al que denegó parte del permiso parental

Una empresa deberá indemnizar con 20.000 euros a un trabajador al que denegó parte del permiso parental

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a una empresa a indemnizar con 20.000 euros a un empleado, en plantilla desde 1992, al que previamente habían denegado parte del permiso parental que había solicitado para cuidar de sus dos hijas, de diez y siete años. Una negativa que, para el magistrado, contravenía con el derecho a la igualdad y a la no discriminación recogido en el artículo 14 de la Constitución.

| etiquetas: empresas , permiso parental , artículo 14 de la constitución
21 5 2 K 123
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