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El Constitucional rechaza que los maltratadores dispongan de un régimen de visitas a sus hijos

El Constitucional ha decidido mantener plenamente vigente el artículo 94 del Código Civil, que prevé que a los padres investigados por malos tratos se les suspenda el régimen de visitas a sus hijos. Contra este precepto recurrió Vox, que pretendía expulsarlo del ordenamiento jurídico, por considerar que contiene un mandato ineludible que puede revelarse en contra del interés del propio menor. Una vez rechazado este recurso, el tribunal inadmitirá también en su próximo pleno una cuestión de inconstitucionalidad presentada por un juzgado de Mósto

| etiquetas: tc , artículo 94 cc , violencia de género , denuncias
15 4 12 K 85
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