La Comisión Nacional de Cuentas de Campaña y Financiación Política (CNCCFP) aceptó la justificación del presidente, que citó en su defensa, una decisión del Consejo de Estado de 30 de noviembre de 2005. La misma llegó a la conclusión de que 'los costos de maquillaje fueron considerados por el juez electoral como gastos para fines electorales, y pueden dar lugar a un reembolso, siempre y cuando se hayan incurrido en ellos con el fin de recolectar los votos.'
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