El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Maciej Szpunar, ha concluido que la legislación española que excluye de las prestaciones por desempleo a las empleadas del hogar es contraria al Derecho de la Unión Europea porque constituye una discriminación indirecta hacia las mujeres. Según el letrado estas empleadas son "casi exclusivamente mujeres", y denegarles el derecho a paro "constituye una discriminación indirecta por razón de sexo y no justificada por objetivos legítimos y ajenos a toda discriminación basada en el sexo".
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