Álvaro trabajaba mientras cumplía condena en una prisión. Su traslado a otra cárcel le supuso la pérdida de su empleo y de su escaso salario, y no le generó derecho a indemnización, a pesar de que la empresa para la que trabajaba seguía prestando servicio en su anterior prisión. A ojos de la legislación, su caso no era un despido porque, a pesar de que trabajaba, no se trataba de una relación laboral ordinaria. Él es uno de los 12.404 reclusos de los 60.000 que hay en España que trabajaron en 2015 y que apenas tienen derechos laborales.
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