Se trata de una objeción de conciencia institucional, algo no permitido por la ley. Es decir, existen hospitales públicos que son objetores de conciencia por entero, no necesariamente porque todos los médicos a nivel individual se hayan declarado objetores, sino por una imposición de las direcciones de los servicios de ginecología, del propio hospital o de las consejerías de Sanidad.