La sentencia declaró probada la relación laboral que implicó: pago de las diferencias salariales, cotización a la Seguridad Social como personal laboral por todo el tiempo trabajado e indemnización por despido, es decir, 33 días por año trabajado (por considerarse un despido improcedente). Y sobre todo, este trabajador decidió que la explotación no se soluciona con resignación.
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