El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la rebaja de pena que la Audiencia Provincial de Almería dio a un condenado por abusar sexualmente de una menor de 13 años al considerar que no se aplicó la ley del 'solo sí es sí' de manera correcta y se obvió que, con la nueva ley, constituye un agravante la especial "vulnerabilidad" de la víctima debido a su discapacidad visual.
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