Esta cláusula de los contratos de trabajo establecía que como condición para ser contratado y para el mantenimiento la vigencia de dicha relación el trabajador se comprometía, durante la duración de su compromiso contractual con la empresa, a no afiliarse a ningún sindicato o, si ya pertenecía a alguno cuando firmase su contrato, a dejar de estar afiliado al mismo. De esta forma, la pertenencia del obrero a un sindicato durante la vigencia del contrato de trabajo daba al empresario derecho a poner fin a la relación laboral.
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