La nueva ley "obliga a los jueces de instrucción a recurrir a la prueba preconstituida cuando el perjudicado tenga menos de 14 años. El juez o tribunal que se encargue después del juicio está obligado con carácter general a no llamar a los menores para que declaren en la vista salvo en situaciones excepcionales". La medida puede encaminarse a proteger al menor de los efectos que sobre él pueda tener verse expuesto a un procedimiento judicial tras situaciones traumáticas como las de una agresión sexual, un intento de asesinato, maltrato o...
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