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Suspensión de la pensión de alimentos del privado de libertad (STS 14.10.2014)

El Tribunal Supremo formula una nueva doctrina jurisprudencial por la que el ingreso en prisión del alimentante no extingue la obligación, y para el caso de que no pueda prestar alimentos podrá instar un procedimiento de modificación de medidas en el que deberá acreditarlo. En otro caso deberá seguir abonando la pensión.

| etiquetas: pensión alimentos , privación de libertad , criterio , tribunal supremo

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