La jurisprudencia limita a las oficiales las banderas que pueden colgarse en las instituciones públicas pero admite la colocación de cualquier otra en forma de lona o pancarta. "La mera utilización de los colores arcoíris y su colocación en el balcón municipal no vulnera la ley de banderas. So pena de que considerásemos que también vulnera esta ley la colocación de una pancarta con los colores del Real Zaragoza, el día que se festeje el ascenso a primera"
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