El Tribunal de Justicia de Madrid aseguró en febrero que existía una "jurisprudencia prácticamente unánime". Confirmó que una empresa debía pagar más de un millón de euros en función de este impuesto. La sentencia rechazó el recurso de la empresa, que no llevó el caso ante el Supremo: rechazó la posible caducidad del expediente o irregularidades en la liquidación realizada por la Comunidad de Madrid y también rechazó llevar el caso ante el TJUE para que decidiese si el impuesto corría a cargo del banco o del cliente. La jurisprudencia decía..
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