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La respuesta constitucional al veto parental

En la Constitución hay un artículo con el que se puede responder de manera adecuada al disparate que el veto parental supone: el artículo 161.2. De él se ha hecho uso en una gran cantidad de ocasiones. Y en este caso está plenamente justificado.

| etiquetas: constitucional , veto parental

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