La dación en pago llega por la vía judicial. El titular del juzgado nº 10 de lo mercantil de Barcelona resolvió el pasado 7 de diciembre anular la cláusula de un contrato de hipoteca de Bankia donde se contemplaba la responsabilidad personal y patrimonial de los hipotecados. A su juicio, la cláusula no cumple el doble control de transparencia exigido a las cláusulas impuestas y predispuestas: que sean legibles y entendibles y que el cliente sea plenamente consciente de las consecuencias económicas, patrimoniales y personales de dicha cláusula.
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