Además, el decreto establece la edad mínima que tendrán que tener los canes para empezar a trabajar, 18 meses, aunque el entrenamiento se podrá comenzar antes (...) Tendrán también que pasar revisiones veterinarias específicas cada año para determinar su aptitud física y psicológica para la actividad desarrollada y deberán contar con un certificado acreditativo de dicha aptitud. Al mismo tiempo, se deben establecer, de forma reglamentaria, «horarios, lugares y medios de descanso de los animales utilizados en actividades profesionales...
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